lunes, 25 de junio de 2012



De: EL DERECHO AL DESCANSO

El uso del agravio comparativo para alegar contra la inhabilitación por incumplir la Ley


Lo que tiene es que cundir el ejemplo y clausurar todas aquellas actividades que se salten la Ley y las ordenanzas. La Ley está para cumplirla, y la alegación de dar ejemplo, es decir que como solo ha sido a mi y como agravio comparativo, se me debe quita la sanción, no es válida. Al Consistorio hay que pedirle que actúe en todas las situaciones ilegal es que se están dando en Sevilla en tema de locales de ocio con muchas normativas incumplidas, con carácter, leve, graves y muy graves y que cunda el ejemplo e inhabiliten para dar ejemplo. ¿O es que para salvaguardar "empleo" -que es mentira, la mitad de estos establecimientos son de autoservicio, o con empleados con contratos basura, si es que los tienen - los sevillanos tenemos que padecer las continuas molestias, la violabilidad de nuestros domicilios o el abandono de nuestro hogar y y la pérdida de valor de nuestras viviendas, aunque para ello nos estemos dejando la piel trabajando? 

martes, 19 de junio de 2012

CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUPOPEA

http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/europa/CDFUE/CartaDerechosFundamentalesUnionEuropea-v2007.htm


ARTÍCULO 7.- Respeto de la vida privada y familiar     (Explicaciones Art. 7)
Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de sus comunicaciones.

Pues con nosotros se están luciendo....

Seguridad - Los vecinos afectados creen que el 'botellón' no se soluciona con multas - Diario de Sevilla

http://www.abcdesevilla.es/20120618/sevilla/sevi-afectados-creen-botellon-soluciona-201206181518.html
Seguridad - Los vecinos afectados creen que el 'botellón' no se soluciona con multas - Diario de Sevilla

Esta era la respuesta que estaba esperando a las noticias que publiqué ayer. El Consistorio cree que con poner multas se remedia  el problema, como una forma de prevención  pero la solución  no es esta   , porque no se evita que vuelvan a los mismo lugares a molestar con sus actividades. Además, y lo sé por vecinos, en la Plaza donde yo "vivía" las macetas, que es la moda ahora y no son precisamente de geranios, corren de mano en mano, sin veladores que las sustenten -y no será porque no saquen sillas y mesas de más -, provocando encima que estén servidos hasta después de cerrar a la hora que les da la gana los locales de "ocio", provocando así además una botellona.  Esta ciudad es un caos y nadie lo remedia ... Mientras tanto, nuestros impuestos subiendo, y en nuestro caso sin poder disfrutar de la vivienda que con mucho esfuerzo estamos pagando. Esto es Sevilla. Aunque por lo que leo en blog vecinos, como en EL DERECHO AL DESCANSO,  no solo ocurre aquí, es generalizado en todo el país:
Negligencia del Ayuntamiento de Castellón. Ser “generoso” con los amigos, pero con el dinero de todos.

jueves, 14 de junio de 2012

Así somos.... y así nos va

Os traigo este "chiste", triste realidad de este país nuestro, publicado en el blog Cacereños contra el ruido que tenéis enlazado en el nuestro


espana-directo-terrazas-sin-ruido-sevilla-06-06-12

http://www.rtve.es/alacarta/audios/espana-directo/espana-directo-terrazas-sin-ruido-sevilla-06-06-12/1429632/

A partir del minuto 25 y hasta el 37 hablan de nuestros problemas. Recomiendo que lo oigáis.

Como podréis escuchar, el problema es muy grave, en muchas zonas de Sevilla y con un largo historial.
Sigo pensando que la unión hace la fuerza, animaros a denunciar y a contarnos vuestros problemas. Solo así podremos conseguir algo.
¡Gracias!

martes, 12 de junio de 2012

Cullera:2 años de cárcel al alcalde por permitir durante años excesos de ruidos

Excelente artículo que nos lega de EL DERECHO AL DESCANSO, blog del que tenéis enlace y que da informaciones muy interesantes para nuestra lucha. Desde aquí nuestro agradecimiento.


lunes, 11 de junio de 2012

Cullera: Dos años de cárcel al alcalde por permitir durante años excesos de ruidos.


La Fiscalía pide dos años de cárcel al alcalde de Cullera por permitir exceso de ruido en tres pubs
RIBERA

La Fiscalía pide dos años de cárcel al alcalde de Cullera por permitir exceso de ruido en tres pubs

El fiscal dice que Sanjuán mantuvo una actitud «completamente pasiva» contra los locales y que no atendió a denuncias de vecinos

Las Provincias - 11.06.12 - EP | Valencia
La Fiscalía de Valencia solicita una pena de dos años y tres meses de prisión contra el diputado provincial y alcalde de Cullera ( Valencia ), Ernesto Sanjuán, al que acusa de permitir que tres pubs de la localidad superasen durante varios años los límites de ruido permitidos. Según consta en el escrito fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, el primer edil era conocedor de esta situación por las continuas denuncias vertidas por parte de los vecinos afectados y, sin embargo, no actuó.
Asimismo, el fiscal pide contra Sanjuán, a quien acusa de un delito de prevaricación medioambiental, tipificado en el artículo 329 del Código Penal, ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y que pague las costas procesales.
carcel
Aviso a navegantes (Castellón).
El fiscal también dirige la acusación contra los dos gerentes de los tres pubs --establecimientos ya cerrados-- que causaron molestias a los vecinos, para los que pide tres años y un mes de prisión por un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales. Además, les solicita que paguen una multa de 6.600 euros. En relación a la responsabilidad civil, pide una indemnización de 6.000 euros para cada vecino que acredite haber sido afectado.
Según consta en el escrito de calificación provisional, durante más de 15 años, desde el inicio de las actividades de estos pubs --años 90-- hasta, al menos, julio de 2008, residentes de las comunidades propietarios de los Edificios Madrid, Mar y Luz, Náutic, Mar y Montaña y Pato Salvaje, formularon multitud de denuncias ante la Policía Local y el Ayuntamiento de Cullera en las que hicieron constar los perjuicios que estaban padeciendo por los ruidos.
En concreto, en estas denuncias, los vecinos criticaban el funcionamiento ilegal de los pubs, la carencia e insuficiencia de insonorización de los mismos, la realización de actuaciones musicales en directo, la contaminación acústica causada por la música y los clientes de los mismos, así como otras actividades como la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública y el incumplimiento reiterado de los horarios de cierre.
A raíz de las quejas vecinales, se realizaron diversas inspecciones de los pubs reseñados y del ruido causado por los mismos en el domicilio de los perjudicados. Así, diversos especialistas tomaron muestras sonométricas en más de 20 ocasiones, desde 1997 hasta 2007, que constataron la superación de decibelios. En la mayoría de las viviendas, se percibieron niveles sonoros superiores a los 50 decibelios, llegando en algún caso a los 70 con las ventanas abiertas.
Estos niveles de inmisión sonora vulneraban los límites de ruido establecidos en la normativa medioambiental vigente, y suponían un grave riesgo para la salud de las personas que habitaban en las viviendas colindantes a los tres pubs contra los que se dirige la acusación, según la calificación fiscal.
Informes acreditativos
Asimismo, desde mitad de los años noventa hasta 2008, el ingeniero técnico industrial municipal informó al Ayuntamiento de Cullera, en diversas ocasiones, en relación a uno de los pubs, que su actividad era de "bar" y de que estaba prohibido todo tipo de ambientación musical en el local, así como la existencia de cualquier aparato o equipo musical. El alcalde de Cullera recibió un total de siete informes a este respecto.
Además, otros informes emitidos por este ingeniero ponían de relieve que los limitadores de potencia de los equipos de reproducción musical originarios de los pubs, que se precintaron en su día, estaban desconectados de los equipamientos musicales y se encontraban en situación irregular.
El ingeniero emitió, además, múltiples informes llamando la atención sobre las diversas irregularidades de toda índole existentes en los locales de ocio de los acusados y de otros muchos ubicados en la misma zona, y destacó la no presentación de las preceptivas auditorías acústicas antes del plazo legal señalado.
"Plenamente conscientes"
De esta vulneración y los graves riesgos derivados eran "plenamente conscientes" --según el fiscal-- los acusados durante todo el tiempo en que explotaron sus negocios, no poniendo solución eficaz en las "múltiples" ocasiones en que fueron requeridos a tal fin, "incumpliendo de manera sistemática y continuada la normativa medioambiental en materia acústica, generando reiteradamente la situación de grave riesgo para la salud de las personas".
Respecto al alcalde de la localidad, Ernesto Sanjuán, el fiscal indica que recibió diversas denuncias de los vecinos en las que se hacía constar el funcionamiento ilegal de los pubs. Sin embargo, "durante años", "consciente" de dicha problemática iniciada ya antes de tener la máxima responsabilidad en el consistorio y desde 1999, como responsable de la Alcaldía durante ocho años "mantuvo una actitud completamente pasiva con los pubs" de la zona comprendida en las calles Barcelona, Algemesí, Lorenzo Borja y Madrid.
Por ello, los vecinos perjudicados se vieron en la necesidad de ejercer acciones judiciales por vía administrativa con el fin de poder conseguir la aplicación de la legalidad vigente y, consecuentemente, la revocación de las licencias de los locales que no se ajustaban a la normativa. Así, se instaron múltiples denuncias y querellas, que dieron como resultado una resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), por la que se condenaba expresamente al Ayuntamiento de Cullera a efectuar propuesta de declaración de Zona Acústicamente Saturada (ZAS) de la zona en la que estaban los pubs.
Como consecuencia del funcionamiento ilegal de los pubs, se produjeron perjuicios de todo tipo, tales como depreciación del valor de las viviendas ubicadas en la zona, obligando a algunos vecinos a malvender sus viviendas dada la "insufrible" contaminación acústica existente. Asimismo, algunos vecinos sufrieron trastornos adaptativos mixtos por depresión con mareos, crisis de ansiedad y palpitaciones, y precisaron tratamiento médico-farmacológico.

lunes, 11 de junio de 2012

ORDENANZA DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE EN MATERIA DE RUIDOS Y VIBRACIONES (Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 95 Jueves 26 de abril de 2001)

Os traemos este comentario que nos ha dejado José Manuel, pues consideramos bastante interesante esta información para todos. Agradecemos a todos vuestra colaboración




"en Sevilla pienso que las denuncias sobre el ruido del ocio nocturno "con licencia municipal" como es el generado en las terrazas de veladores se presentan en base a la Ordenanzas que regulan esta actividad pero en este ciudad existe una norma como es la ORDENANZA DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE EN MATERIA DE RUIDOS Y VIBRACIONES (Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 95 Jueves 26 de abril de 2001) interesante norma que debería ser la referente en las denuncias correspondientes. La Ordenanza de Terrazas de Veladores sirve sólo para despistar al ciudadano, enfrentar a estos con los establecimientos y así el Ayuntamiento actua sobre aspectos de licencias, etc... pasando de largo, a sabiendas, del asunto ruido.
¿Porqué el Ayuntamiento no requiere informe de impacto medioambiental a los establecimientos con este tipo de actividades? Por que tendría que cerrar muchos establecimientos y le es más rentable que los ciudadanos sufridores de estas molestias tengan de dejar su salud y dinero en actuaciones en complicaddas madejas judiciales para hacer valer sus derechos. Un saludo, y ánimo cada día son más las personas que luchan contra esta lacra que en Sevillasin no se pone remedio, será como dice la Asociación de Hosteleros "Sevilla, la cuna del velador" Triste frase para definir a Sevilla"

sábado, 9 de junio de 2012

La reforma de los veladores

La reforma de los veladores


Excelente articulo, en tono irónico. Demuestra una vez más los problemas que tenemos ante la inacción de los organismos públicos. 

viernes, 8 de junio de 2012

Animaros a participar

Este blog  nace para luchar contra los incumplientos de normativas y leyes medioambientales por parte de muchos negocios hosteleros a quienes a pesar de constarles numerosas denuncias por haber abierto sin las licencias correspondientes de apertura y veladores, se les ha premiado con las mismas. Los afectados - como por ejemplo nosotros que vivimos exiliados de nuestra casa por amenazas de muerte y agresión y por no soportar los intolerables ruidos emitidos por los locales de ocio situados debajo de nuestra propia casa - , ante el grave perjuicio que nos ocasiona en nuestra intimidad, descanso e inviolavilidad de nuestros hogares hemos decidido luchar contra estas graves agresiones a nuestra integridad. Estáis invitados a participar. ¿Podremos entre todos hacer un mapa de ruidos de Sevilla, pero de verdad? Gracias!

Las voces contra el ruido: nuestro agradecimiento y ánimo por la labor que realizan en defensa de nuestros derechos

Por recomendación de uno de nuestros lectores, os traemos aquí los enlaces de personas que en la lucha contra el ruido, llevan años batallando porque nuestros derechos sean preservados. Una de ellas es la jurista Emilia de la Serna, miembro,  a la vez que  otros juristas como Ignacio Pérez Franco, José Joaquín Herrera del Rey  (www.abogadoruido.es) y más en toda España, de  Juristas contra el ruido (www.juristas-ruidos.org). Mención tb especial a la Plataforma por el descanso, cuya voz principal es Lola Dávila. Va para ellos nuestro respeto y admiración y sobre todo ánimo, pues son la voz que lucha contra  esta lacra que tenemos en Sevilla, la de la contaminación acústica, sin que se haga  nada por resolverlo. Sevilla "la cuna del velador"

"Llevaremos al Parlamento Europeo la connivencia municipal con...

http://www.consumer.es/web/es/medio_ambiente/urbano/2009/05/11/185082.php

Dudan de que haya policías para controlar si los veladores cumplen.... Yo dudo que haya interés en que se controlen

http://www.abcdesevilla.es/20120608/sevilla/sevi-dudan-haya-policias-para-201206072311.html

Y los hay, desde  pero son 10 para toda Sevilla, con más de 700000 habitantes:  es imposible acudir a todas las llamadas por ruidos desde focos emisores como los veladores, motivo por el que abusan indiscriminadamente,   "ese tanto por ciento "minimísimo"  de hosteleros que nos dice el señor Pedro Sánchez Cuerda, presidente de la Asociación de Hosteleros ,
cuyas palabras textuales dicen "no queremos controversias de ningún tipo, porque nosotros somos trabajadores, empresarios y en este sector hay un mínimo, minimísimo porcentaje de incumplidores»". Sería bastante recomendable Sr. Sánchez Cuerda, que revise su forma de contar, porque en Sevilla, desgraciadamente hay mucho más incumplidores de los que habla este señor, hecho constatado con las numerosas denuncias, que cada vez son más, por este motivo.  Con respecto a la policía, el organismo correspondiente todavía no ha dado luz verde a la policía de barrio. 

martes, 5 de junio de 2012

Jornada sobre la contaminación acústica y el derecho al descanso

Jornada sobre la contaminación acústica y el derecho al descanso

l información Mañana miércoles 6 de junio en el salón de grados de la Facultad de Derecho (Campus Ramón y Cajal). De 9:00 a 15:00. Asistencia gratuita previa inscripción en 'asunmarin@us.es' (aportando datos personales y profesión).

5 DE JUNIO DÍA MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE



Hoy es un día importante para todos en general y para nosotros en particular, que luchamos por conservar el medioambiente en nuestro entorno más cercano y que nos afecta especialmente en nuestros hogares y salud,  y sumamente importante para los que combatimos  para que los delitos medioambientales que nos perjudican sean objeto de todo el peso de la Ley.  Aprovechando la ocasión, os traigo de www.ruidos.org un interesante artículo sobre los efectos del ruido en la salud. 

La presencia del sonido en nuestro entorno es un hecho tan común en la vida diaria actual que raramente apreciamos todos sus efectos. Proporciona experiencias tan agradables como escuchar la música o el canto de los pájaros, u permite la comunicación oral entre las personas; pero juntamente con estas percepciones auditivas agradables, nos aparece también el sonido molesto, incluso perjudicial, que puede limitar nuestra vida de relación de manera irreversible. 


Desde mediados del siglo XIX y de manera progresiva la sociedad evoluciona hacia un modelo donde la presencia de ruido en el medio crece de manera paralela al bienestar.

El ruido ambiental causado por el tráfico, por las actividades industriales y las derivadas del ocio, constituye uno de los principales problemas medioambientales en Europa, aunque por regla general, las acciones destinadas a reducirlo han estado menos prioritarias que las destinadas a otros tipos de contaminación como las del agua o las del aire. Solo la contaminación acústica que crece de forma substancial en nuestro medio aun no ha recibido el interés adecuado para reducirlo. El origen del ruido lo encontramos en las actividades humanas y está asociado especialmente a los procesos de urbanización y al desarrollo del transporte y de la industria. Si bien es un problema fundamentalmente urbano, en algunas áreas geográficas puede afectar también al medio rural.
La contaminación acústica aunque es una de las más antiguas ha recibido poca atención hasta hace poco tiempo.

Esto se debe a tres factores principales:

- Se trata de una contaminación localizada, por lo tanto afecta a un entorno limitado a la proximidad de la fuente sonora.
- Los efectos perjudiciales, en general, no aparecen hasta pasado un tiempo largo, es decir, sus efectos no son inmediatos. 
- A diferencia de otros contaminantes es frecuente considerar el ruido como un mal inevitable y como el resultado del desarrollo y del progreso.

Los datos disponibles sobre la situación actual y las previsiones en términos de ruido ambiental son por ahora limitadas, muestran que cuando no hay políticas ambiciosas de reducción, los riesgos del ruido siguen siendo importantes y podrían incluso aumentar, especialmente en el tráfico y en el ocio.

Las principales tendencias que influyen en la situación actual y futura son:

- El aumento de los vehículos y de los kilómetros recorridos. Las previsiones para el año 2010 indican que el transporte de mercaderías por carretera se duplicará y que el tráfico aéreo aumentará en más del 180%.
- La extensión en términos de espacio del ruido procedente de tráfico que afectará a las zonas suburbanas y rurales
- La extensión en términos temporales del ruido como la distribución de mercaderías las 24 horas del día. 

La presencia del sonido es consustancial en nuestro entorno y forma parte de los elementos cotidianos que nos envuelven. Pero el sonido se puede convertir en el agresor del hombre en forma de ruido, es un contaminante de primer orden y puede generar unas patologías específicas.
Tal es la repercusión sobre todo en el hombre trabajador que los Estados modernos han elaborado leyes y decretos para protegerlos de la agresión acústica. En nuestro país la normativa que regula la protección de los trabajadores de los riesgos que se derivan de la exposición al ruido durante el trabajo está publicada en el Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre.

www.ruidos.org

lunes, 4 de junio de 2012

EUROPA CONDENA A ESPAÑA POR EL RUIDO EN UNA DISCOTECA MURCIANA

http://sociedad.elpais.com/sociedad/2011/10/18/actualidad/1318888810_850215.html

Ciutat Vella y Gràcia preparan su plan contra el ruido ¿Toma ejemplo Ayuntamiento de Sevilla??

Ciutat Vella y Gràcia preparan su plan contra el ruido

Manifiesto PEACRAM: TERRAZAS Y VELADORES


DÍA INTERNACIONAL DE CONCIENCIACIÓN SOBRE EL RUIDO
27 DE ABRIL DE 2011
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TERRAZAS Y VELADORES

Desde la entrada en vigor de la Ley Antitabaco, la gran mayoría de los ciudadanos soportamos por partida doble los ruidos que se emiten desde muchos locales de ocio, restaurantes, bares etc. por ampliación de su actividad ocupando la vía pública con dudosa legitimidad. Están invadiendo un espacio peatonal, de una manera intolerable obstaculizando no ya el paso de una persona, sino a quienes van con un carrito o tienen una minusvalía, con mesas, sillas, terrazas, tablones anunciando sus tapas, calefactores etc.
Es fácil encontrar precedentes jurisprudenciales que dan una respuesta incontestable a la verdad irrefutable de que la exposición cotidiana a niveles de emisión acústica superior a los 60 dBA, propios de la simple conversación alegre de grupos de personas sentadas en un velador, todos los días, y hasta las 02:30 o 03:30 horas de la madrugada, genera un ambiente molesto y contaminante digno de una contundente y efectiva tutela por parte de la Administración, cosa que no ocurre.
Para que se entienda, el tono normal de una voz en conversación es de unos 60 dBA. Una conversación normal entre dos personas, no es la suma de 60 + 60, sino por medio de una formula logarítmica, es la suma de 3 dBA por cada individuo hablando. Tendremos pues que si una conversación normal entre 4 personas, el resultado (partiendo de 60 dBA,) sería de 72 dBA. Entonces ya se está rebasando lo indicado en el REAL DECRETO 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Road traffic noise and stroke: a prospectiveLa atención al público en espacios al aire libre, de establecimientos de hostelería debe de estar sometidos al mismo régimen de autorización administrativa y, en concreto la necesidad de obtención de una calificación ambiental favorable, propio de la instalación en local cerrado a la que complementan.
Si ello es así, el estudio ambiental exigible a la documentación que ha de presentarse ante la autoridad municipal debe contener un apartado específico en el que se realice un análisis sobre la posible incidencia de la ubicación de los veladores sobre las viviendas o piezas habitables contiguas, así como de las medidas correctoras (alejamiento de los puntos de inmisión más sensibles, colocación de pantallas que absorban el ruido, limitaciones de hora etc. Recordemos que este tipo de ruido es uno de los previstos en la Ordenanzas como merecedores de corrección si alcanza determinados niveles que, incuestionablemente, en nuestro caso se alcanzan. De ahí la limitación de horarios, como medias congruente para paliar esas graves molestias. el problema de la contaminación acústica de la zona a que nos referimos, no deriva tanto de la música del interior de los locales como del ruido que genera la afluencia de público en el exterior de los mismos y a causa de la acumulación de terrazas en muchos lugares.
Desgraciadamente el legislador con la indecisión propia del político, normalmente pretendiendo aparentar que agrada a todos, busca la solución política que menos pueda molestar a la mayoría de sus posibles votantes, dejando al aire libre, en especial aquellas que son expansión de los cafés, bares y restaurantes, obviando buena parte de su regulación, hasta el punto de poder dejar en una auténtica nebulosa jurídica la consideración de tales actividades hosteleras, o más técnicamente hablando, recreativas, como verdaderamente contaminantes, y por consiguiente el concreto régimen jurídico de autorización administrativa al que están sometidas.
Hay que reconocer de forma explícita que las terrazas y veladores es una actividad que puede llegar, no todas, a generar graves molestias, pero las administraciones locales, nos deben proteger frente a la exposición prolongada de los ciudadanos a ruidos y vibraciones, pues está reconocido hasta la saciedad que “...el ruido puede llegar a representar un factor psicopatógeno destacado en el seno de nuestra sociedad y es una fuente permanente de perturbación de la calidad de vida de los ciudadanos”.
La protección del medio ambiente y su incidencia en las denominadas actividades de hostelería o restauración deben estar sujetas a los principios constitucionales el derecho a la protección de la salud consagrado en los arts. 15 y 43 CE. y a la protección de la inviolabilidad domiciliaria (art. 18.2 CE).-
La SENTENCIA Nº 541/99 del Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca de 29/7/1999, en uno de sus considerandos decía…”Este mismo Tribunal ya ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre dicha cuestión y en Sentencia Nº 321 de 27 de junio de 1997, ya recordó que "en cuestión de ruidos en el ambiente urbano no debe olvidarse que en nuestro sistema, en el sistema de libertades públicas, el respeto por los derechos de los demás exige una atención sobreañadida. De que voluntariamente no se respete no hace falta mayor explicación, de modo que al poder público, en especial al más cercano, al municipal, en tanto que responsable, le es exigible redoblar la vigilancia. De no ser así, si nada potencialmente eficaz se hace para que así sea, quien insoslayablemente perderá será el más débil, quien espera con paciencia una solución que nunca parece llegar; perderá pues, el ciudadano" y que "en cuanto a bares, cafeterías y otros establecimientos de análoga naturaleza, debe tenerse en cuenta que están destinados a distraer el ocio o proporcionar consumiciones, por lo que prevalecen las medidas de policía y no las de fomento del libre comercio".
Por tanto, como cualquier otra actividad sometida a calificación ambiental, la previa concesión de la licencia para la instalación de una terraza con veladores se vea requerida, de un proyecto en el que habrá de reflejarse, dentro del estudio acústico, entre otros, los siguientes conceptos:
Primero.- Consideración de las terrazas y veladores como una ampliación sustancial de la carga contaminante y por tanto con necesidad de licencia propia con estudio de los efectos de contaminación acústica sobre el vecindario. Entendemos que debemos oponernos al otorgamiento “indiscriminado” de licencias para terrazas en la vía pública, y también a las autorizaciones de hecho de las mismas. Estamos pensando en las zonas saturadas, donde las actividades ya existentes, son numerosas como para entender que los vecinos ya están soportando suficiente ruido intolerable a pesar de las condiciones impuestas en las normas por lo general en estas zonas que no son sino de impunidad, tolerancia y falta de medidas a imponer para paliar esas situaciones.
Segundo.- Toda licencia que implique actividad en la vía pública debe someterse a un estudio concreto y previo del barrio, calle o zona de la ciudad a fin de prevenir la saturación acústica. Cierto es que es mucha la presión a la que se somete a la Administración por el tema de la nueva Ley del Tabaco y la repercusión económica que pueda generar en los distintos establecimientos, pero no debemos olvidar que el atajar ahora abusos o desmanes en las licencias es atacar el problema en su comienzo.
Tercero.- Debemos actualizar las Ordenanzas de Ruidos de los distintos municipios. Algunas de ellas son anticuadas y no permiten actuaciones eficaces ante la concentración de gente en la calle y de esta forma poder atajar este problema que siendo incipiente está totalmente presente.
Cuarto.- Toda esta saturación nos llevará a solicitar la actualización de los Mapas de ruido. Vemos como los agentes o focos de ruido se incrementan y donde antes no se generaban altos niveles sonoros ahora se dan.
Quinto.- Igualmente deberemos instar a que en las ya declaradas Zonas Acústicamente Saturadas, se impongan de manera eficiente, y no con las consabidas frases de “podrán” sino las de “deberán”, aplicar las condiciones sobre horarios y demás restricciones etc.. Puede que la colocación de terrazas habilite mayor número de usuarios o consumidores a los establecimientos, pero debido a la saturación acústica puede también que deban de CERRAR ANTES (limitando el tiempo de apertura y por ende de negocio).
Sexto.- Creemos que deben de acometerse campañas tendente a la concienciación de los problemas que genera el ruido y en particular a los usuarios de los veladores, sobre la manera de disfrutar sin molestar a través de las campañas de los propios hosteleros en sus respectivas terrazas. Parece un obviedad pero creo que es necesario que ahora que las molestias pueden ser generadas por personas que nunca antes han generado problemas por ruido, se genere una actuación administrativa en pos de recordar las actitudes que siendo respetuosas con los demás marquen una convivencia vecinal donde el ruido se minimice en lo posible.
Séptimo.- Hay que e tratar sobre las pretensiones de los hosteleros para ampliar el uso de las terrazas o el poner para beber en mesas o taburetes altas con ceniceros no debe de estar permitido, para así facilitar su uso por los fumadores trasladando los problemas a la calle. No es más que una de las muchas formular que se están arbitrando para burlar la efectividad de la aplicación de la Ley Antitabaco.
Octavo.- Las mediciones se deben realizar con ventanas abiertas. Una conversación aumenta cuanta más gente esté hablando, eso hace que se hable más alto por lo que se vulnera la Ley estatal del Ruido, referente a los 55 dBA a partir de las 22,00 de la noche.  Por la noche en la aplicación de la Ley del Ruido referente a la obligatoriedad de no superar las inmisiones superiores a 55 dBA, que es una conversación normal sin gritar, hay que entender que no está reglada para gritar menos, sino para PRESERVAR EL SILENCIO.
Por todo ello solicitamos de los ayuntamientos, la revisión y modificación de las ordenanzas de terrazas y veladores con la participación de todos los agentes afectados, en aras a una convivencia pacífica y disfrute racional de esta actividad que de momento solo repercute beneficios económicos a unos pocos frente a la inmensa mayoría de los ciudadanos.
  • D. Ignacio Sáenz Cosculluela – Presidente 16.477.265
  • D. Francisco Sánchez Sahorí – Vicepresidente. 05.158.114-L
  • Dª Emilia de la Serna Martínez – Vicepresidente de Asuntos Jurídicos. 27.275.307

domingo, 3 de junio de 2012

      Sobre el comentario que nos hizo el día 1 de Junio José Manuel Herrera quiero deciros que no sólo estamos al corriente de la política de ignorancia del Ayuntamiento sino que la estamos sufriendo en nuestras propias carnes, pues, después de varias reuniones en el distrito, en medio ambiente y en otras administraciones, cuando se nos comunica que van a actuar, sabemos que alguien de dentro se lo comunica a su vez a los propietarios de los bares afectados, los cuales cierran antes de que puedan ser inspeccionados y sancionados, para días después seguir cometiendo las irregularidades que realizan habitualmente.
          Lo que no conocíamos era la página del ayuntamiento que nos comentaba el propio José Manuel, cosa que agradecemos, pues cada elemento que podamos añadir a nuestra lucha contra el ruido y las injusticias serán bienvenidas. Estaremos pendientes del regreso al funcionamiento de esta página.
           Mientras tanto y para luchar contra esta política, vamos a ir publicando algunos artículos en los que podemos atacar la inactividad del Ayuntamiento y a los repetidos incumplimientos de la corporación municipal.
            El DECRETO 165/ 2003, de 17 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Inspección, Control y Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía en su exposición de motivos se dice que "En las denuncias de particulares se da prioridad a la actuación municipal y se establece el procedimiento para el ejercicio subsidiario de la potestad sancionadora por la Administración Autonómica cuando no actúen los Ayuntamientos". A la vista de este precepto y ante la falta de actuación por parte de la Alcaldía, de la Gerencia de Urbanismo y de la Policía Local de Sevilla, en el ámbito de las competencias que las leyes atribuyen a cada uno de ellos, proponemos que todo aquel que pueda presentar algún documento demostrativo de la falta de actuación del ayuntamiento en estas materias, las presente en el Registro General de cualquier delegación de la Junta de Andalucía, preferiblemente en la de Medio Ambiente.


viernes, 1 de junio de 2012

El DERECHO AL DESCANSO NOCTURNO ¿SOLO?


http://www.elnortedecastilla.es/20080530/segovia/derecho-descanso-nocturno-20080530.html

Es este un artículo, que aunque es de hace varios años, a mi entender refleja bastante bien el sentir de muchos de los que vivimos situaciones de grave perjuicio por los focos emisores de ruidos de esta ciudad. Le añadiría solo una cosa, el derecho al descanso que prima sobre el derecho a la diversión y a la realización de un negocio, debería ser protegido a todas horas del día, sin que estos ruidos superaran nunca los decibelios permitidos en cada horario.