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08.12.2013 | 06:00
Pancartas colgadas en un balcón de unas viviendas de Platja d´en Bossa, esta semana.
j. ll. f.
El vigente Código Penal español, en su artículo
325, establece que se castigará con penas de prisión de dos a cinco años
a los que incurran en un delito contra el medio ambiente, en el que
están incluidos la emisión de ruidos y vibraciones. La pena se aplica en
su tramo superior si concurre el agravante de ser un negocio ilegal o
cuando se haya desobedecido a las autoridades.
joan lluís ferrer | ibiza
Un grupo de vecinos de Sant Jordi ha decidido acudir a la justicia para
luchar contra los ruidos de los locales de ocio de la zona, ante el
constante agravamiento de este problema. Las condenas a empresarios de
locales de ocio y también ayuntamientos por tolerar el exceso de volumen
musical son frecuentes en España. Basta una ojeada a las prensa local
de las principales provincias turísticas para comprobar que las penas de
entre dos y cuatro años de cárcel para los responsables de estas
infracciones son bastante comunes. Estos son algunos de estos casos:La Audiencia de Sevilla ha condenado, este mismo mes de noviembre, a los dueños de una discoteca de la localidad de Estepa a dos años de cárcel por los ruidos que emitía este local y que llegaban a mover los cuadros y platos de las viviendas situadas sobre el local y que obligaron a poner en tratamiento psiquiátrico a un niño de tres años. La resolución de la Audiencia confirma la indemnización de 33.000 euros que recibirá cada miembro del matrimonio denunciante y los 27.000 euros de su hijo, que sufrió «irritabilidad y trastornos del sueño», de los que tardó en curar 730 días, durante los cuales necesitó ansiolíticos y asistenica de especialistas en psiquiatría y pediatría. Los técnicos comprobaron que la discoteca no tenía conectado el limitador de sonido y que las viviendas recibían ruidos y vibraciones que afectaban a su mobiliario. Además, la familia se veía obligada a colocar los colchones en el suelo de la estancia más alejada para dormir.
También en este mes de novimebre, la Audiencia de Valencia ha condenado al empresario de un pub a una pena de cárcel por emitir ruidos más altos de los permitidos. En este caso, la sanción llega a los tres años de prisión, así como una indemnización de 24.000 euros por los daños causados para cada uno de los afectados, un matrimonio del vecindario. El empresario fue condenado por un delito contra el medio ambiente y por las lesiones que los continuos ruidos causaron a los afectados. «Aquello era como tener la discoteca en nuestra casa», afirmaba una vecina para describir lo que ella y su familia sufrieron a causa del bar musical que tenían junto a su casa. «Algunas veces cogíamos el coche para irnos, para no estar allí por las noches. Estoy en tratamiento médico y tomando pastillas. Incluso pensé en vender la casa e irnos de allí», afirmaba esta mujer el día del juicio. «Nadie nos hacía caso en el Ayuntamiento», agregó. Ella y su marido sufrieron trastornos ansioso-depresivos y estrés a causa de la actividad del local.
En el caso de un local de la localidad leridana de Serós, el juez ha condenado también al propio Ayuntamiento. Un vecino denunció ante el Consistorio los ruidos del establecimiento, pero la institución «toleró reiteradamente» ruidos que infringían la normativa administrativa, según la sentencia. El Ayuntamiento, gobernado por ERC, deberá indemnizar a este vecino en una cantidad diaria hasta el día en que se produzca el cese definitivo del foco de emisión sonora. Este vecino acudió a la vía judicial en agosto de 2011, después de varios escritos y quejas no atendidas por el Ayuntamiento. El alcalde, Gabriel Pena, en una actitud que resulta muy familiar en Ibiza, comentó tras conocer la sentencia: «Yo le he dicho al titular del bar: ‘hazme el favor, adecúa el local, como dice el juez, y demuéstramelo. ¿Qué mas tengo que hacer?», preguntaba el año pasado.
Otra sentencia recaída en Sevilla y también este año ha condenado a cuatro años de prisión al dueño y a la encargada de un bar de la localidad de Dos Hermanas por los «ruidos intolerables» que durante varios años emitieron desde su bar. Los hechos fueron calificados de «graves» en la sentencia, «por su reiteración en el tiempo, su duración, las continuas visitas de inspección por parte de la autoridad gubernativa, los precintos acordados, su levantamiento y el hecho de buscar alternativas a las prohibiciones acordadas». Los dos condenados cometieron este delito contra el medio ambiente desde agosto de 2007 a mayo de 2008, por lo que fueron condenados a cuatro años de prisión y a indemnizar con 4.000 euros al vecino denunciante. Los dos empresarios «ponían la música a diario en horario nocturno y en especial durante las madrugadas todos los fines de semana», por lo que la Audiencia sevillana les impuso la pena máxima prevista para estos casos en el Código Penal. «Ambos conocían las graves molestias que causaban a los vecinos, quienes les mostraban sus quejas», pero pese a las constantes inspecciones de la Policía Local, «volvían a conectar la música».
También en Ibiza existen precedentes de condenas de prisión para empresarios que incumplen esta normativa. Una de ellas es la que recayó sobre dos conocidos bares de copas de la zona de ses Variades, propiedad del mismo empresario, que fue condenado a dos años de prisión y a un año y medio de inhabilitación. Este empresario provocó ruidos reiterados entre 2003 y 2008 e hizo «absoluto caso omiso» a las autoridades, «continuando de forma rebelde y contumaz, con desprecio hacia los derechos de los que vivían habitualmente en las inmediaciones y hacia los mandatos del Ayuntamiento», que como es habitual en Sant Antoni, abrió un sinfín de expedientes al local, pero todos ellos se saldaron con una exigua multa de 150 euros. Para más inri, la terraza de uno de los locales no tuvo hasta 2008 licencia de actividad para música. La sentencia especificaba que el propietario «era absolutamente conocedor del padecimiento de los vecinos», entre los que se encontraban dos niños, de tres y ocho años de edad, que tenían problemas para dormir debido al ruido procedente de esos locales. Ellos y sus padres sufrieron durante años ansiedad continua, nerviosismo, estrés y dificultades para conciliar el sueño.
Bar Es Soto: dos años a la espera de juicio
Hace ya más de dos años que se cerró la instrucción del caso del bar Es Soto, en Puig des Molins, aunque de momento aún no se ha fijado la fecha del juicio, que deberá celebrar la Audiencia Provincial. El propietario de ese local, ahora transformado en restaurante, se enfrenta a una petición del fiscal de seis años de prisión por dos delitos: uno contra el medio ambiente por los ruidos generados y otro de lesiones psíquicas causadas a una familia de vecinos, formada por una pareja y un niño de corta edad. También se solicitan importantes indemnizaciones económicas para los afectados. El fiscal acusó al dueño del local de protagonizar una «persistente conducta delictiva».
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