El catedrático de Derecho Jordano Fraga
cuestiona en un dictamen su redacción técnica y
jurídica. Asociaciones y
particulares han presentado numerosas alegaciones.
Juan Parejo | Actualizado 09.12.2013 - 15:35
Desprotegidos y traicionados. Así
se sienten muchos vecinos de Sevilla con la nueva
Ordenanza de contaminación
acústica, ruidos y vibraciones. Aseguran que la norma,
que fue aprobada inicialmente el
pasado 26 de julio, supone una auténtica agresión
al derecho al descanso al
proteger y blindar las actividades contaminantes. Por ello,
asociaciones de toda la ciudad, y
vecinos de manera particular, se han unido para
presentar un sinfín de
alegaciones a la ordenanza. Son muchas las deficiencias que,
aseguran, presenta el texto,
aunque claman especialmente contra varias: que legaliza
las actividades hasta ahora
prohibidas en las viviendas, que no regula los veladores
como emisor acústico y que
permite otorgar nuevas licencias en zonas acústicamente
saturadas.
Las asociaciones de vecinos y plataformas contra el ruido,
que durante dos años han
mantenido reuniones con el director de Medio Ambiente del
Ayuntamiento, Joaquín
Díaz, al que trasladaron sus principales inquietudes para
que fueran incluidas en la
ordenanza, algo que no ha sucedido finalmente, encargaron un
dictamen -que se pagó
por suscripción popular- a Jesús Jordano Fraga, catedrático
de Derecho Administrativo
de la Universidad de Sevilla. En su informe, entregado
también al Consistorio, es claro
en la valoración de la ordenanza: "Estamos ante un
trabajo de escasa calidad técnica
-jurídica con errores aberrantes. Que haya sido hecho de
forma externalizada, costando
dinero de los impuestos ciudadanos, es ciertamente
incomprensible. Sin embargo, a
nuestro juicio, más reprobable es la separación del modelo
de la ordenanza tipo de
protección contra la contaminación acústica en Andalucía, de
la FAMP, sin
justificación a lo largo del articulado y casi siempre en
detrimento de la calidad ambiental
acústica".
El profesor Jordano Fraga se refiere a un hecho denunciado
por los vecinos. Los técnicos
de Medio Ambiente redactaron una ordenanza que fue
posteriormente desechada para
encargarse una nueva a una ingeniería sin experiencia,
pagando el Ayuntamiento 21.000
euros por el trabajo. "Lo que ha hecho es usurpar la de
los funcionarios. Modifican,
cambian y manipulan los artículos que protegen contra el
ruido de actividades. La de
los técnicos de Sevilla que se desechó fue
considerada tan apropiada que se ha adoptado
como ordenanza tipo
por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP)
y se aplicará en
todos los municipios menos en Sevilla", explica Emilia de la Serna,
miembro de Juristas
contra el ruido, que también ha presentado sus alegaciones
de manera personal.
El dictamen del profesor Jordano Fraga es demoledor contra
la ordenanza. Entre otras
cosas indica que "la tramitación de la ordenanza no ha
respetado el principio de parti-
cipación en cumplimiento de los artículos 9 y105,2 CE; los
artículos 1, 70 bis, apartado
uno y 72 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases
de Régimen Local, que
postulan la participación efectiva y no meramente ritual de
los ciudadanos afectados y
asociaciones que los agrupan y representan. Es obvio
que cuando los responsables
municipales se niegan a recibir a las asociaciones, o cuando
hacen total omisión de sus
observaciones realizadas por escrito, dichos preceptos
son vulnerados". Los vecinos
también censuran que la ordenanza no cuente con exposición
de motivos. Emilia de la
Serna da una explicación: "Sería tan incompatible con
el contenido de la ordenanza que
por eso la han
omitido".
Entre las alegaciones presentadas destaca la que hace
referencia a la legalización de
actividades
hasta ahora prohibidas en edificios de viviendas por su alto nivel de
contaminación, como discotecas (art. 12). Los veladores copan otra gran parte
de
las reclamaciones vecinales. La nueva ordenanza no recoge ninguna regulación
sobre
ellos, cuando sí lo hacía la redactada por los técnicos,
prohíbe medir el ruido en ellos y, además permite su
instalación en Zonas Acústicamente
Saturadas(ZAS) yposibilita el uso de la
megafonía, algo muy criticado. Tampoco es
necesaria, según el nuevo texto, una
autorización para que una peña o asociación pueda
organizar una actuación
musical en directo, con el consiguiente perjuicio. Además, prohíbe
medir el
ruido de conciertos celebrados al aire libre.
Por último, aunque hay muchas más alegaciones, la nueva
ordenanza no regula las ZAS y
permite otorgar nuevas licencias.
La pasividad del Consistorio con las actividades
contaminantes también concentra las iras
vecinales.Aseguran que el trabajo que hace la Línea Verde de la
Policía Local es "tirado a
la basura"por Medio Ambiente,
quien deja morir los precintos de los locales o los expedientes
abiertos.Esta
situación ya fue denunciada por el Defensor del Pueblo Andaluz. "Son
papeles encima de una mesa que no se ejecutan. Que den una
lista con las sanciones
impuestas, los cobros de las multas, la aplicación
del cierre y por cuánto tiempo",
señala Emilia de la Serna, que también denuncia que las
actividades obtienen la calificación
ambiental por silencio administrativo: "Presento mi solicitud de calidad ambiental
y la
obtengo por no decirme nada. Cualquier local de Sevilla en
cuatro meses se puede convertir
en una actividad
nocturna muy contaminante", resume.
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