El ruido se ha
acrecentado de una manera gigantesca. La contaminación auditiva rompe
todas las estadísticas. Cada quien le impone su “música” al vecino, al
transeúnte. La gente compra un equipo de sonido de “última generación” y
quiere hacerse sentir, poniéndolo a todo volumen y que los demás se
enteren que “aquí voy yo”. Definitivamente, el que no ha visto a Dios,
de verlo se asusta. Cada vez la mala educación campea y contagia a la
gente de poca calidad humana.
El que tiene un vacío interior, lo quiere llenar con ruido. La persona
sin principios y valores, es tan pobre espiritualmente que se “sacia”
con los estruendos de las baterías y de los motores. Yo no sé si el
Código de Policía contemple una normatividad sobre el volumen de los
decibeles permitidos. Y si existe una normatividad, con la mentalidad
anárquica que tiene un buen porcentaje de colombianos, pues la norma se
la “pasan por la faja” y, además, se jactan por ello. Si alguien se
atreve a solicitarle a su vecino que le baje el volumen a su equipo de
música, le sale a deber; si no termina asesinado, por lo menos es
ultrajado con los términos más soeces, propios de la jerga más relajada.
El ruido no deja concentrar al hombre para saber tomar decisiones
acertadas. La sabiduría popular nos dice que “quien hace mucho ruido
tiene pocas nueces”. Iba una vez un padre con su hijo adolescente y
oyeron a lo lejos un ruido permanente y fastidioso. El padre dijo: “Es
una carreta que va vacía”. ¿Por qué? -dijo el hijo con enorme
curiosidad-, porque si fuese cargada no la sentiríamos. Esa es la
persona vacía. A toda hora quiere darle su “toque” a los demás:
imponerle su asquerosa música y publicidad contaminante. Para que usted
sepa, en el Japón no pueden aterrizar los aviones entre las 20:00 horas y
las 05:00 horas, ¿por qué?, porque hay que dejar dormir a los japoneses
y, es una de las economías más pujantes del mundo.
El bien no hace ruido y es muy agradable. El mal genera un ruido
espantoso. El bien no es noticia; el mal nos atiborra de amarillismo en
la comunicación. Hay personas tan de baja estatura intelectual que sólo
hablan de las debilidades de los otros. Viven condenando a todo el mundo
y no miran la hondura de su propia podredumbre que expele solo
toxicidad. Huya de la gente que habla mucho. “Dime de qué hablas y te
diré de qué padeces”, dice la sabiduría popular. No te quejes del parto,
dale al mundo la alegría de un niño. Por favor, no rompas el silencio
si no es para mejorarlo. La música es para escucharla, ¿por qué ante una
invitación a gustar un plato, se tiene que poner música estridente para
no poder hablar o si se habla es a gritos? Yo creo que en el fondo hay
algunos complejos. En los países altamente civilizados no ponen música
en los autobuses; en las calles está prohibido poner parlantes que
ensordecen a los viandantes. Posicione su saber, su producto, por la
calidad del mismo, no por los gritos que le hace al mismo.
*Obispo de Neiva
jueves, 24 de octubre de 2013
UN OBJETIVO FUNDAMENTAL PARA QUE FIRMÉIS Y APOYÉIS
HEMOS ENCARGADO LAS ALEGACIONES CONTRA LA ORDENANZA DE RUIDOS AL CATEDRATICO DE DERECHO ADMINISTRATIVO DON JESUS JORDANO FRAGA . TE PEDIMOS QUE LAS PRESENTES EN TU NOMBRE, EN NOMBRE DE TU COMUNIDAD Y EN NOMBRE DE TU ASOCIACION. PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS.
Acordaros de que nuestra ordenaza nos quiere imponer unos ruidos bastante más superiores a los que reclama esta vecina
Una vecina pelea por obligar a los pubs a acatar la norma estatal sobre ruido, más restrictiva
Apela al principio de jerarquía normativa para exigir que el nivel máximo permitido en una vivienda sea 25 decibelios, como señala la ley, y no los 30 de la ordenanza municipal
24.10.13 - 00:07 -
E. M. L. | ALICANTE.
Los vecinos del Centro de Alicante han pasado de las quejas por el ruido que deben soportar a la acción para lograr que estas molestias se reduzcan. A iniciativas como la de la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional de reclamar que este área se declare zona acústicamente saturada (ZAS), como el Casco Antiguo, se suman otras particulares que buscan el beneficio común de los vecinos.
Es el caso de una residente en la zona en la que se ha puesto de moda el 'tardeo', es decir, la costumbre de salir de copas los sábados por la tarde. Esta vecina, harta de soportar elevados niveles de ruido en su vivienda y reclamar varias mediciones acústicas al Ayuntamiento ha decidido emprender una lucha para reclamar una normativa contra el ruido más restrictiva.
Su guerra se basa en la existencia de una normativa superior a la ordenanza municipal que se aplica en Alicante, que es más restrictiva en cuanto a los niveles de ruido permitidos.
Se trata del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. Una ley estatal que establece un máximo de contaminación acústica para los dormitorios de las viviendas situadas junto a locales de ocio en 25 decibelios (dB) por la noche y 35 por el día y la tarde, mientras que en el resto de estancias de la casa es de 30 dB por la noche y 40 el resto de la jornada.
Sin embargo, la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica establece niveles más altos de permisividad.
Así, el máximo en locales residenciales es de 30 dB en zonas habitables (excepto cocina), incluido el dormitorio, por la noche, y 40dB por la noche. En los pasillos, aseos y cocina se permite 35dB por la noche y 45 de día, y en las zonas comunes, 40 dB por la noche y 50 por el día.
Y la Ordenanza Municipal sobre Protección contra Ruidos y Vibraciones establece en su artículo 29 que «el nivel de ruido en el interior de las viviendas, transmitido a ellas por impacto de alguna actividad, con excepción de los originados por el tráfico y obras de carácter diurno, no superará los 35dB entre las 8.00 y las 22.00 horas, y los 30dB, entre las 22.00 y las 8.00 horas».
Ante esta situación, la vecina considera que debe aplicarse el principio de jerarquización de las normativas, por el que prima la norma de rango superior en caso de conflicto. En este caso, primaría el Real Decreto estatal sobre la ley autonómica y la norma administrativa local.
Por eso ha reclamado en un escrito a la Concejalía de Urbanismo que el Ayuntamiento «adapte su normativa sobre ruido a la ley estatal existente al respecto» y que establezca máximos de contaminación acústica en las viviendas afectadas por los ruidos que generan los locales de ocio de 25 dB, en vez de los 30dB actuales.
La diferencia no parece exagerada, pero esta vecina sabe que es determinante en muchos casos ya que a esos niveles 5 dB pueden suponer la diferencia entre descansar o no. En su caso particular, de hecho, las últimas mediciones realizadas por la Policía Local han determinado la existencia de un nivel de ruido nocturno de 28,6 dB. Si se aplicase la normativa estatal, podría exigir una sanción para el local que genera esta contaminación acústica, pero con la ordenanza local en la mano, no hay multa.
La afectada no se ha limitado a dirigirse a la administración local, sino que se ha puesto en contacto también con el Ministerio de Medio Ambiente, donde le han dado la razón sobre la supremacía de la ley estatal, y con la Conselleria de Medio Ambiente, de la que espera respuesta.
Es el caso de una residente en la zona en la que se ha puesto de moda el 'tardeo', es decir, la costumbre de salir de copas los sábados por la tarde. Esta vecina, harta de soportar elevados niveles de ruido en su vivienda y reclamar varias mediciones acústicas al Ayuntamiento ha decidido emprender una lucha para reclamar una normativa contra el ruido más restrictiva.
Su guerra se basa en la existencia de una normativa superior a la ordenanza municipal que se aplica en Alicante, que es más restrictiva en cuanto a los niveles de ruido permitidos.
Se trata del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. Una ley estatal que establece un máximo de contaminación acústica para los dormitorios de las viviendas situadas junto a locales de ocio en 25 decibelios (dB) por la noche y 35 por el día y la tarde, mientras que en el resto de estancias de la casa es de 30 dB por la noche y 40 el resto de la jornada.
Sin embargo, la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica establece niveles más altos de permisividad.
Así, el máximo en locales residenciales es de 30 dB en zonas habitables (excepto cocina), incluido el dormitorio, por la noche, y 40dB por la noche. En los pasillos, aseos y cocina se permite 35dB por la noche y 45 de día, y en las zonas comunes, 40 dB por la noche y 50 por el día.
Y la Ordenanza Municipal sobre Protección contra Ruidos y Vibraciones establece en su artículo 29 que «el nivel de ruido en el interior de las viviendas, transmitido a ellas por impacto de alguna actividad, con excepción de los originados por el tráfico y obras de carácter diurno, no superará los 35dB entre las 8.00 y las 22.00 horas, y los 30dB, entre las 22.00 y las 8.00 horas».
Ante esta situación, la vecina considera que debe aplicarse el principio de jerarquización de las normativas, por el que prima la norma de rango superior en caso de conflicto. En este caso, primaría el Real Decreto estatal sobre la ley autonómica y la norma administrativa local.
Por eso ha reclamado en un escrito a la Concejalía de Urbanismo que el Ayuntamiento «adapte su normativa sobre ruido a la ley estatal existente al respecto» y que establezca máximos de contaminación acústica en las viviendas afectadas por los ruidos que generan los locales de ocio de 25 dB, en vez de los 30dB actuales.
La diferencia no parece exagerada, pero esta vecina sabe que es determinante en muchos casos ya que a esos niveles 5 dB pueden suponer la diferencia entre descansar o no. En su caso particular, de hecho, las últimas mediciones realizadas por la Policía Local han determinado la existencia de un nivel de ruido nocturno de 28,6 dB. Si se aplicase la normativa estatal, podría exigir una sanción para el local que genera esta contaminación acústica, pero con la ordenanza local en la mano, no hay multa.
La afectada no se ha limitado a dirigirse a la administración local, sino que se ha puesto en contacto también con el Ministerio de Medio Ambiente, donde le han dado la razón sobre la supremacía de la ley estatal, y con la Conselleria de Medio Ambiente, de la que espera respuesta.
martes, 22 de octubre de 2013
El Ayuntamiento de Zaragoza, condenado a indemnizar a 55 vecinos por el ruido de bares El consistorio deberá pagar 7.000 euros a cada demandante
El Ayuntamiento de Zaragoza, condenado a indemnizar a 55 vecinos por el ruido de bares
El consistorio deberá pagar 7.000 euros a cada demandante
ELPAIS.com
Madrid
20 FEB 2007 - 10:47 CET
Un juez ha condenado al Ayuntamiento de Zaragoza a pagar casi 390.000
euros a 55 vecinos de la zona de bares de Moncasi para compensar las
molestias causadas por el ruido.
No es la primera vez que los vecinos de la localidad ganan una batalla legal de esta índole, ya que el consistorio tuvo que pagar 24.000 euros a otra vecina cuyo marido murió en 2001, aunque se demostró la relación casual entre el ruido y el fallecimiento.
No obstante, sí se consideró condenable la poca vigilancia que ejercía el consistorio para que se cumpliera la normativa de cierre de los bares y del volumen de ruido.
El Ayuntamiento deberá abonar a cada demandante siete mil euros. La sentencia considera al consistorio como responsable de la proliferación de bares en esa zona, además de que algunos de ellos trabajan sin licencia.
No es la primera vez que los vecinos de la localidad ganan una batalla legal de esta índole, ya que el consistorio tuvo que pagar 24.000 euros a otra vecina cuyo marido murió en 2001, aunque se demostró la relación casual entre el ruido y el fallecimiento.
No obstante, sí se consideró condenable la poca vigilancia que ejercía el consistorio para que se cumpliera la normativa de cierre de los bares y del volumen de ruido.
El Ayuntamiento deberá abonar a cada demandante siete mil euros. La sentencia considera al consistorio como responsable de la proliferación de bares en esa zona, además de que algunos de ellos trabajan sin licencia.
lunes, 21 de octubre de 2013
MIENTRAS TANTO EN SEVILLA LAS COSAS SIGUEN ASÍ: PARA LIBRARNOS DEL BOTELLÓN ¿QUE MEJOR SOLUCIÓN QUE LA DE INVADIR DE VELADORES LAS PLAZAS Y CALLES? AL VECINO COMO SIEMPRE, QUE SE AGUANTE...
Piden más policías, poner más veladores en la plaza y también están dispuestos a pagar seguridad privada
La «botellona» no se ha erradicado, sobre todo en las zonas más populares del Casco Antiguo como la Alfalfa, el Salvador y la Plaza de la Pescadería, que siguen siendo tres puntos negros de este fenómeno. Y los primeros afectados son los empresarios propietarios de los establecimientos que ven perjudicados sus negocios a pesar de que sus entornos están rodeados de gente joven consumiendo en las calles.
Para tratar de atajar estos problemas, los dueños de los bares de la Plaza de la Pescadería están estudiando poner seguridad privada para disuadir a los jóvenes que acuden a hacer «botellona» a la zona, una decisión que se debatirá en una asamblea de comerciantes que se celebrará en los próximos días. «Queremos que venga la Policía Local. Si pone una furgoneta en medio de la plaza, no hay botellona y ningún problema. Pero sólo vienen esporádicamente y no resuelven el problema. Es más, se colocan en la Plaza del Salvador y empujan a los jóvenes que están allí hasta Pescadería y Pérez Galdós, dos zonas intransitables», explica Antonio Martínez, uno de los propietarios del establecimiento La Gitana Loca —que acaba de ser precintado por la Policía Local precisamente por el consumo de bebidas en la vía pública—.
A falta de los agentes locales, los empresarios están dispuestos a pagar seguridad privada que se encargue de vigilar el entorno e impedir que se concentren los jóvenes a beber en la calle.
Martínez considera —como muchos de los empresarios de la plaza— que la solución pasa por una ocupación ordenada de la vía pública, por lo que llenarla de veladores de los establecimientos sería una solución efectiva. Los bares son los responsables de su instalación y retirada, con unos metros determinados y, además, tienen que mantener la zona limpia. Todo ello con un horario máximo de la 1 de la mañana.
Para tratar de atajar estos problemas, los dueños de los bares de la Plaza de la Pescadería están estudiando poner seguridad privada para disuadir a los jóvenes que acuden a hacer «botellona» a la zona, una decisión que se debatirá en una asamblea de comerciantes que se celebrará en los próximos días. «Queremos que venga la Policía Local. Si pone una furgoneta en medio de la plaza, no hay botellona y ningún problema. Pero sólo vienen esporádicamente y no resuelven el problema. Es más, se colocan en la Plaza del Salvador y empujan a los jóvenes que están allí hasta Pescadería y Pérez Galdós, dos zonas intransitables», explica Antonio Martínez, uno de los propietarios del establecimiento La Gitana Loca —que acaba de ser precintado por la Policía Local precisamente por el consumo de bebidas en la vía pública—.
A falta de los agentes locales, los empresarios están dispuestos a pagar seguridad privada que se encargue de vigilar el entorno e impedir que se concentren los jóvenes a beber en la calle.
Martínez considera —como muchos de los empresarios de la plaza— que la solución pasa por una ocupación ordenada de la vía pública, por lo que llenarla de veladores de los establecimientos sería una solución efectiva. Los bares son los responsables de su instalación y retirada, con unos metros determinados y, además, tienen que mantener la zona limpia. Todo ello con un horario máximo de la 1 de la mañana.
LA CARA: TODOS CONTRA EL RUIDO
Todos contra el ruido
Artículo visto: 2915 veces
¡Cuántas veces habremos maldecido por soportar a unos vecinos molestos, o por tener
la mala suerte de vivir junto a una fábrica cuyos motores no cesan de rugir durante la
noche! Y probablemente nos hemos encogido de hombros pensando que no había nada
que hacer, más allá de dar golpes con el escobón en el techo de la casa, para ver si el
festivo vecino se apiadaba de nosotros y bajaba el volumen del aparato de música.
la mala suerte de vivir junto a una fábrica cuyos motores no cesan de rugir durante la
noche! Y probablemente nos hemos encogido de hombros pensando que no había nada
que hacer, más allá de dar golpes con el escobón en el techo de la casa, para ver si el
festivo vecino se apiadaba de nosotros y bajaba el volumen del aparato de música.
Pues bien, en nuestras leyes existen recursos jurídicos de carácter general para
intentar defender nuestros derechos. Además, las sentencias de los juzgados y la
transposición de las directivas comunitarias al ordenamiento español están empe-
zando a demostrar que dentro de la categoría de los derechos fundamentales,
y como integrante de los conceptos de intimidad, salud e integridad física, el
derecho a la tranquilidad y al descanso son bienes jurídicos especialmente prote-
gibles y por tanto las conductas que atentan contra ese derecho deben ser san-
cionadas. Es lo que el Tribunal Supremo, en una sentencia de 2003, llama el "de-
recho a ser dejado en paz".
intentar defender nuestros derechos. Además, las sentencias de los juzgados y la
transposición de las directivas comunitarias al ordenamiento español están empe-
zando a demostrar que dentro de la categoría de los derechos fundamentales,
y como integrante de los conceptos de intimidad, salud e integridad física, el
derecho a la tranquilidad y al descanso son bienes jurídicos especialmente prote-
gibles y por tanto las conductas que atentan contra ese derecho deben ser san-
cionadas. Es lo que el Tribunal Supremo, en una sentencia de 2003, llama el "de-
recho a ser dejado en paz".
Hasta la publicación en julio de 2003 de la Ley del Ruido, no existía en España
una normativa estatal de carácter integral sobre este problema, y ésta se repartía
dispersa en normas sectoriales, ordenanzas municipales y disposiciones auto-
nómicas, la mayoría de las veces no uniformes. Y esta Ley es consecuencia di-
recta del derecho emanado de las instituciones de la Unión Europea, en una Di-
rectiva de 2002 que España, como estado miembro, ha tenido que transponer.
Es interesante ver la definición jurídica de la contaminación acústica, que me-
rece la pena transcribir por su minuciosidad: "Presencia en el ambiente de
ruidos y vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que
implique molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus
actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, incluso cuando su efecto
sea perturbar el disfrute de los sonidos de origen natural, o que causen
efectos significativos en el medio ambiente".
una normativa estatal de carácter integral sobre este problema, y ésta se repartía
dispersa en normas sectoriales, ordenanzas municipales y disposiciones auto-
nómicas, la mayoría de las veces no uniformes. Y esta Ley es consecuencia di-
recta del derecho emanado de las instituciones de la Unión Europea, en una Di-
rectiva de 2002 que España, como estado miembro, ha tenido que transponer.
Es interesante ver la definición jurídica de la contaminación acústica, que me-
rece la pena transcribir por su minuciosidad: "Presencia en el ambiente de
ruidos y vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que
implique molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus
actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, incluso cuando su efecto
sea perturbar el disfrute de los sonidos de origen natural, o que causen
efectos significativos en el medio ambiente".
Pese a lo tajante de la definición, la propia Ley establece excepciones en su
aplicación, porque por su especial naturaleza merecen ser contempladas
en normas aparte. Unas son las relacionadas con los ruidos en el trabajo,
las cuales tienen su tratamiento específico en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales, y otras, las generadas en las relaciones de vecindad.
aplicación, porque por su especial naturaleza merecen ser contempladas
en normas aparte. Unas son las relacionadas con los ruidos en el trabajo,
las cuales tienen su tratamiento específico en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales, y otras, las generadas en las relaciones de vecindad.
Teniendo en cuenta que es en estas últimas donde más conflictos primarios se
producen -probablemente todos hemos sufrido alguna experiencia en este sentido-,
es conveniente saber que tanto la Ley de Propiedad Horizontal como la Ley de
Arrendamientos Urbanos prevén la posibilidad de entablar acciones legales contra
el propietario o el inquilino que desarrolla actividades molestas, insalubres,
nocivas, peligrosas o ilícitas. Es decir, llegado el caso, y mediando los reque-
rimientos previos y el acuerdo de la Junta de Propietarios, puede llegarse a pro-
mover un juicio para privar del uso de la vivienda al propietario que, despreciando
el derecho al descanso de sus vecinos, se pasa las noches -o los días- con el
aparato musical a tope. Y por la misma razón, puede resolverse el contrato de
arrendamiento del inquilino. Y eso sin contar que las conductas puedan ser cata-
logadas más gravemente, y sus autores deban así resarcir a las víctimas por
daños morales en forma de indemnizaciones económicas cuya cuantía
dependerá de la duración, de la frecuencia y de la intensidad de la perturbación.
producen -probablemente todos hemos sufrido alguna experiencia en este sentido-,
es conveniente saber que tanto la Ley de Propiedad Horizontal como la Ley de
Arrendamientos Urbanos prevén la posibilidad de entablar acciones legales contra
el propietario o el inquilino que desarrolla actividades molestas, insalubres,
nocivas, peligrosas o ilícitas. Es decir, llegado el caso, y mediando los reque-
rimientos previos y el acuerdo de la Junta de Propietarios, puede llegarse a pro-
mover un juicio para privar del uso de la vivienda al propietario que, despreciando
el derecho al descanso de sus vecinos, se pasa las noches -o los días- con el
aparato musical a tope. Y por la misma razón, puede resolverse el contrato de
arrendamiento del inquilino. Y eso sin contar que las conductas puedan ser cata-
logadas más gravemente, y sus autores deban así resarcir a las víctimas por
daños morales en forma de indemnizaciones económicas cuya cuantía
dependerá de la duración, de la frecuencia y de la intensidad de la perturbación.
Y es que no sólo sufren las personas con el ruido; también los ecosistemas pueden
verse desequilibrados por la contaminación acústica. De hecho, el Código Penal
prevé prisión, inhabilitación y multa al que incumpliendo la normativa sectorial sobre
medio ambiente provoque ruidos o vibraciones que puedan perturbar los sistemas
naturales. En definitiva, y sobre el papel, el derecho a estar tranquilo no es nece-
sariamente una utopía.
verse desequilibrados por la contaminación acústica. De hecho, el Código Penal
prevé prisión, inhabilitación y multa al que incumpliendo la normativa sectorial sobre
medio ambiente provoque ruidos o vibraciones que puedan perturbar los sistemas
naturales. En definitiva, y sobre el papel, el derecho a estar tranquilo no es nece-
sariamente una utopía.
miércoles, 16 de octubre de 2013
El TSJ aprecia delito de «prevaricación» por parte de la alcaldesa de Pliego
Considera «indiciariamente probado» que tanto ella como su antecesor en el cargo no actuaron para cerrar un bar por ruido pese a ser conocedores de la infracción
15.10.13 - 11:14 -
LAVERDAD.ES / EP | MURCIA |
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha acordado continuar las diligencias contra la alcaldesa de Pliego y diputada regional por el Partido Popular, Isabel Toledo, y contra su antecesor en el cargo, Juan Guillén, por la posible comisión de un delito de prevaricación al no haber perseguido la contaminación acústica procedente del bar 'El Escondite'.
En concreto, el instructor de las diligencias, Enrique Quiñonero, por auto de 11 de octubre, entiende, en esta fase de instrucción, que "han quedado indiciariamente acreditados y sin prejuzgar", hechos que pudieran ser constitutivos de tres delitos de prevaricación por omisión respecto a los imputados Juan Guillén González, Isabel Toledo Gómez y Antonio Botía García; y de delitos contra el medio ambiente y de lesiones respecto a los José Carlos Melero Ortega y Francisco Belijar Leyva.
Por ello, acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal y a la acusación particular para que formulen escrito de acusación solicitando la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa, han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM).
Según refleja el Auto, al que ha tenido acceso Europa Press, ha quedado acreditado que Juan Guillén e Isabel Toledo, que ostentaron el cargo de alcaldes, respectivamente, desde marzo de 1999 hasta mayo de 2003, y desde mayo de 2003 a la actualidad, "eran sabedores de la contaminación acústica que se producía en el local".
Además, "desempeñaban el cargo de Jefe de la Policía Local y tenían competencia para corregir y tomar las medidas pertinentes para sancionar las infracciones por contaminación del medio ambiente, de las que fueron informados en todo momento", prosigue el Auto.
Más concretamente, indica que Juan Guillén conoció las obras de ampliación del local y sabía que no tenía licencia de apertura, y que a pesar de ello autorizó verbalmente a los dueños para que comenzasen la actividad. Por su parte, señala que Isabel Toledo no ejecutó la orden de cierre acordada por su antecesor e igual que éste, "hizo caso omiso de las continuas denuncias e informes, limitándose a incoar un expediente sancionador, que ni se tramitó ni se resolvió".
Por lo que el instructor considera que los dos alcaldes "fueron conocedores de la situación de auténtica tragedia por la que tuvieron que pasar el querellante, que ha sido tratado médicamente como consecuencia de los daños que el sonido, la falta de sueño, la intranquilidad y la perturbación le acarrearon, y su madre enferma".
En cuanto a Antonio Botía, que fue nombrado instructor por la alcaldesa del expediente sancionador, Quiñonero apunta que su inactividad "fue absoluta", pues "sólo notificó la infracción sin practicar una sola actuación más".
Por último, resalta que José Carlos Ortega y Francisco Belijar, codueños del pub, "hicieron caso omiso de las denuncias de los vecinos".
En concreto, el instructor de las diligencias, Enrique Quiñonero, por auto de 11 de octubre, entiende, en esta fase de instrucción, que "han quedado indiciariamente acreditados y sin prejuzgar", hechos que pudieran ser constitutivos de tres delitos de prevaricación por omisión respecto a los imputados Juan Guillén González, Isabel Toledo Gómez y Antonio Botía García; y de delitos contra el medio ambiente y de lesiones respecto a los José Carlos Melero Ortega y Francisco Belijar Leyva.
Por ello, acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal y a la acusación particular para que formulen escrito de acusación solicitando la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa, han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM).
Según refleja el Auto, al que ha tenido acceso Europa Press, ha quedado acreditado que Juan Guillén e Isabel Toledo, que ostentaron el cargo de alcaldes, respectivamente, desde marzo de 1999 hasta mayo de 2003, y desde mayo de 2003 a la actualidad, "eran sabedores de la contaminación acústica que se producía en el local".
Además, "desempeñaban el cargo de Jefe de la Policía Local y tenían competencia para corregir y tomar las medidas pertinentes para sancionar las infracciones por contaminación del medio ambiente, de las que fueron informados en todo momento", prosigue el Auto.
Más concretamente, indica que Juan Guillén conoció las obras de ampliación del local y sabía que no tenía licencia de apertura, y que a pesar de ello autorizó verbalmente a los dueños para que comenzasen la actividad. Por su parte, señala que Isabel Toledo no ejecutó la orden de cierre acordada por su antecesor e igual que éste, "hizo caso omiso de las continuas denuncias e informes, limitándose a incoar un expediente sancionador, que ni se tramitó ni se resolvió".
Por lo que el instructor considera que los dos alcaldes "fueron conocedores de la situación de auténtica tragedia por la que tuvieron que pasar el querellante, que ha sido tratado médicamente como consecuencia de los daños que el sonido, la falta de sueño, la intranquilidad y la perturbación le acarrearon, y su madre enferma".
En cuanto a Antonio Botía, que fue nombrado instructor por la alcaldesa del expediente sancionador, Quiñonero apunta que su inactividad "fue absoluta", pues "sólo notificó la infracción sin practicar una sola actuación más".
Por último, resalta que José Carlos Ortega y Francisco Belijar, codueños del pub, "hicieron caso omiso de las denuncias de los vecinos".
lunes, 14 de octubre de 2013
martes, 8 de octubre de 2013
viernes, 4 de octubre de 2013
La Plaza San Francisco tiene propietario y en ella se permite todo
Este es un excelente artículo. Si lo permiten en la Plaza San Francisco ¿Como no va a darles igual en todas las zonas de Sevilla? Las mesas altas no están articuladas en la normativa, al menos en la que aún está vigente, porque la nueva y recientemente aprobada aún está en periodo de alegaciones. Como dice el artículo: "estas mesas altas de la Plaza de San Francisco más que quitamiedos, querido Pedro, son mesas altas de nolaco. Porque quien las coloca No La Conoce. La vergüenza, vamos. Y ha dicho como Fraga de la calle: “La plaza de San Francisco es mía”. Y lo es.
Cuando los políticos se ponen cursis y dicen que la Plaza Nueva o la Plaza de San Francisco son el salón o la zona noble de esta casa de todos que es la ciudad de Sevilla, échense a temblar sobre el concepto que tiene un político sobre un salón. O sobre la nobleza. Este mal no es excluviso de Sevilla. Madrid, Salamanca, Vitoria… En estas ciudades la plaza principal o considerada mayor suele estar muchos días del año ocupada por carpas o atracciones muy distintas. La cara del japonés cuando entra por primera vez en la Plaza Mayor de Salamanca y se la encuentra colmatada (toma vocablo) por una muestra sobre encajes de bolillos de todo el mundo es para echarle unas pesetas de las antiguas. Una dolorosa nipona sin candelería. Recuerdo cuando el abogado Salvador Cuiñas descubrió por primera vez esta maravilla arquitectónica de Churriguera una noche de noviembre, con todos los medallones bien iluminados y con el de Franco con el correspondiente y tradicional tomatazo sobre la laureada. Confesó en voz baja.
La Plaza de San Francisco tiene propietario
Carlos Navarro Antolín | 4 de octubre de 2013 a las 13:02
Cuando los políticos se ponen cursis y dicen que la Plaza Nueva o la Plaza de San Francisco son el salón o la zona noble de esta casa de todos que es la ciudad de Sevilla, échense a temblar sobre el concepto que tiene un político sobre un salón. O sobre la nobleza. Este mal no es excluviso de Sevilla. Madrid, Salamanca, Vitoria… En estas ciudades la plaza principal o considerada mayor suele estar muchos días del año ocupada por carpas o atracciones muy distintas. La cara del japonés cuando entra por primera vez en la Plaza Mayor de Salamanca y se la encuentra colmatada (toma vocablo) por una muestra sobre encajes de bolillos de todo el mundo es para echarle unas pesetas de las antiguas. Una dolorosa nipona sin candelería. Recuerdo cuando el abogado Salvador Cuiñas descubrió por primera vez esta maravilla arquitectónica de Churriguera una noche de noviembre, con todos los medallones bien iluminados y con el de Franco con el correspondiente y tradicional tomatazo sobre la laureada. Confesó en voz baja.
-Hasta me he emocionado. Es preciosa
-Suerte que la has cogido vacía.
-Pero si está llena de vida.
-Vacía de carpas, quiero decir.
-Suerte que la has cogido vacía.
-Pero si está llena de vida.
-Vacía de carpas, quiero decir.
La Plaza de San Francisco estos días, más que el salón de la ciudad, debe ser el salón de celebraciones particular de una taberna, que lo mismo invade la acera con la botillería de bebidas espirituosas, que se mete en el pavimento de adoquines con veladores por un tubo, chorritos de agua, lámparas de pie de pensión con pretensiones, o que hace suyo el firme de losas de Tarifa con mesas altas para un cóctel si usted lo pide. Sólo nos falta un chill out con triclineos y cortinajes con exclusiva fachada plateresca de fondo. Quiso Monteseirín rematar esta fachada del Ayuntamiento siguiendo, por cierto, el modelo de la Plaza Mayor salmantina. Cuando don Alfredo quería despistar a la opinión pública de algún tema de facturas duplicadas o de obras parcheadas, se sacaba de la chistera (de Rivera Ordóñez) un conejo como el de la terminación de la decoración artística de la sede municipal por antonomasia. Pero quien está verdaderamente rematando la plaza es el tabernero, que ha hecho de ella su cortijo y que yo creo que hasta ha llegado a un acuerdo con el Banco de España para no pisarse los clientes como el del chiste del puesto de chucherías cuando la señora le pidió cambio: “Lo siento, pero ni yo doy cambio ni mi vecino el Banco de España vende golosinas, así no nos hacemos la competencia”. Pues eso, tengan por seguro que el Banco de España no colocará veladores. La coctelería de San Francisco es enterita para el tabernero. No querías veladores, pues toma dos filas más de mesas altas en el salón de la ciudad. Unas mesas altas que florecieron por todos los bares como hongos cuando empezó la crisis y el personal recelaba del tradicional mesa y mantel. Pedro Sánchez Cuerda, presidente de la patronal, bautizó este mismo modelo de mesa como los quitamiedos de la hostelería, para que la gente no se asustara a la hora de sentarse con formalidad temiendo la estocada del siglo. Ni de pie del todo, ni sentado del todo. Un mixtolobo, una salida a medias del portero, una solución de me alegro de verte bueno. Pero estas mesas altas de la Plaza de San Francisco más que quitamiedos, querido Pedro, son mesas altas de nolaco. Porque quien las coloca No La Conoce. La vergüenza, vamos. Y ha dicho como Fraga de la calle: “La plaza de San Francisco es mía”. Y lo es.
martes, 1 de octubre de 2013
El ruido: Un asunto muy serio
El ruido de 3 pubs sienta en el banquillo al alcalde de Cullera
Ernesto Sanjuán (PP) acudirá esta semana a la Audiencia de Valencia acusado de permitir a varios locales superar el nivel de ruido permitido por ley
29.09.2013 | 13:43
Europa Press | Valencia
El alcalde de Cullera, Ernesto Sanjuán (PP), se sentará esta semana en
el banquillo de los acusados de la Audiencia de Valencia por
presuntamente permitir que tres pubs de la localidad superasen durante
varios años los límites de ruido permitidos, según han confirmado a
Europa Press fuentes conocedoras del procedimiento. El primer edil era
conocedor de esta situación por las continuas denuncias vertidas por
parte de los vecinos afectados y, sin embargo, no actuó, tal y como se
expone en el escrito del ministerio fiscal.
Sanjuán se enfrenta a una pena de dos años y tres meses de prisión, tal y como reclama el ministerio público en su escrito de calificación provisional, por un delito de prevaricación medioambiental, tipificado en el artículo 329 del Código Penal. También le solicita ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Junto a Sanjuán, también están acusados los dos gerentes de los tres pubs --establecimientos ya cerrados-- que causaron molestias a los vecinos, para los que el fiscal pide tres años y un mes de prisión por un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales. Además, les solicita que paguen una multa de 6.600 euros. En relación a la responsabilidad civil, pide una indemnización de 6.000 euros para cada vecino que acredite haber sido afectado.
Según consta en el escrito de calificación provisional, durante más de 15 años, desde el inicio de las actividades de estos pubs --años 90-- hasta, al menos, julio de 2008, residentes de las comunidades propietarios de los Edificios Madrid, Mar y Luz, Náutic, Mar y Montaña y Pato Salvaje, formularon multitud de denuncias ante la Policía Local y el Ayuntamiento de Cullera en las que hicieron constar los perjuicios que estaban padeciendo por los ruidos.
En concreto, en estas denuncias, los vecinos criticaban el funcionamiento ilegal de los pubs, la carencia e insuficiencia de insonorización de los mismos, la realización de actuaciones musicales en directo, la contaminación acústica causada por la música y los clientes de los mismos, así como otras actividades como la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública y el incumplimiento reiterado de los horarios de cierre.
A raíz de las quejas vecinales, se realizaron diversas inspecciones de los pubs reseñados y del ruido causado por los mismos en el domicilio de los perjudicados. Así, diversos especialistas tomaron muestras sonométricas en más de 20 ocasiones, desde 1997 hasta 2007, que constataron la superación de decibelios. En la mayoría de las viviendas, se percibieron niveles sonoros superiores a los 50 decibelios, llegando en algún caso a los 70 con las ventanas abiertas.
Estos niveles de inmisión sonora vulneraban los límites de ruido establecidos en la normativa medioambiental vigente, y suponían un grave riesgo para la salud de las personas que habitaban en las viviendas colindantes a los tres pubs contra los que se dirige la acusación, según la calificación fiscal.
INFORMES ACREDITATIVOS
Asimismo, desde mitad de los años noventa hasta 2008, el ingeniero técnico industrial municipal informó al Ayuntamiento de Cullera, en diversas ocasiones, en relación a uno de los pubs, que su actividad era de "bar" y de que estaba prohibido todo tipo de ambientación musical en el local, así como la existencia de cualquier aparato o equipo musical. El alcalde de Cullera recibió un total de siete informes a este respecto.
Además, otros informes emitidos por este ingeniero ponían de relieve que los limitadores de potencia de los equipos de reproducción musical originarios de los pubs, que se precintaron en su día, estaban desconectados de los equipamientos musicales y se encontraban en situación irregular.
El ingeniero emitió, además, múltiples informes llamando la atención sobre las diversas irregularidades de toda índole existentes en los locales de ocio de los acusados y de otros muchos ubicados en la misma zona, y destacó la no presentación de las preceptivas auditorías acústicas antes del plazo legal señalado.
"PLENAMENTE CONSCIENTES"
De esta vulneración y los graves riesgos derivados eran "plenamente conscientes" --según el fiscal-- los acusados durante todo el tiempo en que explotaron sus negocios, no poniendo solución eficaz en las "múltiples" ocasiones en que fueron requeridos a tal fin, "incumpliendo de manera sistemática y continuada la normativa medioambiental en materia acústica, generando reiteradamente la situación de grave riesgo para la salud de las personas".
Respecto al alcalde de la localidad, Ernesto Sanjuán, el fiscal indica que recibió diversas denuncias de los vecinos en las que se hacía constar el funcionamiento ilegal de los pubs. Sin embargo, "durante años", "consciente" de dicha problemática iniciada ya antes de tener la máxima responsabilidad en el consistorio y desde 1999, como responsable de la Alcaldía durante ocho años "mantuvo una actitud completamente pasiva con los pubs" de la zona comprendida en las calles Barcelona, Algemesí, Lorenzo Borja y Madrid.
Por ello, los vecinos perjudicados se vieron en la necesidad de ejercer acciones judiciales por vía administrativa con el fin de poder conseguir la aplicación de la legalidad vigente y, consecuentemente, la revocación de las licencias de los locales que no se ajustaban a la normativa. Así, se instaron múltiples denuncias y querellas, que dieron como resultado una resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), por la que se condenaba expresamente al Ayuntamiento de Cullera a efectuar propuesta de declaración de Zona Acústicamente Saturada (ZAS) de la zona en la que estaban los pubs.
Sanjuán se enfrenta a una pena de dos años y tres meses de prisión, tal y como reclama el ministerio público en su escrito de calificación provisional, por un delito de prevaricación medioambiental, tipificado en el artículo 329 del Código Penal. También le solicita ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Junto a Sanjuán, también están acusados los dos gerentes de los tres pubs --establecimientos ya cerrados-- que causaron molestias a los vecinos, para los que el fiscal pide tres años y un mes de prisión por un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales. Además, les solicita que paguen una multa de 6.600 euros. En relación a la responsabilidad civil, pide una indemnización de 6.000 euros para cada vecino que acredite haber sido afectado.
Según consta en el escrito de calificación provisional, durante más de 15 años, desde el inicio de las actividades de estos pubs --años 90-- hasta, al menos, julio de 2008, residentes de las comunidades propietarios de los Edificios Madrid, Mar y Luz, Náutic, Mar y Montaña y Pato Salvaje, formularon multitud de denuncias ante la Policía Local y el Ayuntamiento de Cullera en las que hicieron constar los perjuicios que estaban padeciendo por los ruidos.
En concreto, en estas denuncias, los vecinos criticaban el funcionamiento ilegal de los pubs, la carencia e insuficiencia de insonorización de los mismos, la realización de actuaciones musicales en directo, la contaminación acústica causada por la música y los clientes de los mismos, así como otras actividades como la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública y el incumplimiento reiterado de los horarios de cierre.
A raíz de las quejas vecinales, se realizaron diversas inspecciones de los pubs reseñados y del ruido causado por los mismos en el domicilio de los perjudicados. Así, diversos especialistas tomaron muestras sonométricas en más de 20 ocasiones, desde 1997 hasta 2007, que constataron la superación de decibelios. En la mayoría de las viviendas, se percibieron niveles sonoros superiores a los 50 decibelios, llegando en algún caso a los 70 con las ventanas abiertas.
Estos niveles de inmisión sonora vulneraban los límites de ruido establecidos en la normativa medioambiental vigente, y suponían un grave riesgo para la salud de las personas que habitaban en las viviendas colindantes a los tres pubs contra los que se dirige la acusación, según la calificación fiscal.
INFORMES ACREDITATIVOS
Asimismo, desde mitad de los años noventa hasta 2008, el ingeniero técnico industrial municipal informó al Ayuntamiento de Cullera, en diversas ocasiones, en relación a uno de los pubs, que su actividad era de "bar" y de que estaba prohibido todo tipo de ambientación musical en el local, así como la existencia de cualquier aparato o equipo musical. El alcalde de Cullera recibió un total de siete informes a este respecto.
Además, otros informes emitidos por este ingeniero ponían de relieve que los limitadores de potencia de los equipos de reproducción musical originarios de los pubs, que se precintaron en su día, estaban desconectados de los equipamientos musicales y se encontraban en situación irregular.
El ingeniero emitió, además, múltiples informes llamando la atención sobre las diversas irregularidades de toda índole existentes en los locales de ocio de los acusados y de otros muchos ubicados en la misma zona, y destacó la no presentación de las preceptivas auditorías acústicas antes del plazo legal señalado.
"PLENAMENTE CONSCIENTES"
De esta vulneración y los graves riesgos derivados eran "plenamente conscientes" --según el fiscal-- los acusados durante todo el tiempo en que explotaron sus negocios, no poniendo solución eficaz en las "múltiples" ocasiones en que fueron requeridos a tal fin, "incumpliendo de manera sistemática y continuada la normativa medioambiental en materia acústica, generando reiteradamente la situación de grave riesgo para la salud de las personas".
Respecto al alcalde de la localidad, Ernesto Sanjuán, el fiscal indica que recibió diversas denuncias de los vecinos en las que se hacía constar el funcionamiento ilegal de los pubs. Sin embargo, "durante años", "consciente" de dicha problemática iniciada ya antes de tener la máxima responsabilidad en el consistorio y desde 1999, como responsable de la Alcaldía durante ocho años "mantuvo una actitud completamente pasiva con los pubs" de la zona comprendida en las calles Barcelona, Algemesí, Lorenzo Borja y Madrid.
Por ello, los vecinos perjudicados se vieron en la necesidad de ejercer acciones judiciales por vía administrativa con el fin de poder conseguir la aplicación de la legalidad vigente y, consecuentemente, la revocación de las licencias de los locales que no se ajustaban a la normativa. Así, se instaron múltiples denuncias y querellas, que dieron como resultado una resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), por la que se condenaba expresamente al Ayuntamiento de Cullera a efectuar propuesta de declaración de Zona Acústicamente Saturada (ZAS) de la zona en la que estaban los pubs.
Málaga: El ´Romeral contra el ruido´ denuncia la poca veracidad del nuevo mapa de ruido
Me suena a algo...
http://www.laopiniondemalaga.es/malaga/2013/09/27/romeral-ruido-denuncia-veracidad-nuevo/619694.html
Los vecinos critican que el segundo mapa estratégico de ruido dé tan pocos decibelios a un barrio tan ruidoso
alfonso vázquez 27.09.2013 | 05:00
La Asociación «El Romeral contra el Ruido» ha criticado el segundo
Mapa Estratégico de Ruido elaborado por el Ayuntamiento de Málaga, al
entender que no refleja el nivel de ruido fuera de lo común que soportan
los vecinos a causa de la proliferación de bares y restaurantes, algo
que llevan denunciando desde 2007.
El mapa estratégico, que puede consultarse en www.controlderuido.malaga.eu da un volumen de 65 a 70 decibelios para la avenida de Plutarco en algunos tramos, así como en un par de puntos de la calle Antígona, mientras que en el resto de calles el ruido registrado es de 60 a 65 decibelios, bajando a una horquilla entre 55 y 60 en buena parte de las manzanas.
Virginia Martín Simino, presidenta de El Romeral contra El Ruido, criticó la incongruencia de este mapa, cuando el propio Ayuntamiento presentó a los vecinos en mayo unos toldos especiales que reducen el ruido ambiente de la calle, e incluso césped artificial para que no se escuche el arrastrar de mesas.
Además, la presidenta recordó las palabras de la entonces concejala de Medio Ambiente, Ana Navarro, que reconoció que El Romeral era uno de los barrios más ruidosos de Málaga.
«No me consta que haya habido mediciones en la avenida Plutarco, sí que ha habido uno en la calle Margarita Xirgu», precisó a La Opinión.
Para Virginia Martín Simino, esta medición no da un retrato de El Romeral como uno de los barrios más ruidosos de Málaga, lo que no se corresponde con la realidad.
La presidenta recordó que sigue incumpliéndose el índice de ocupación de sillas y mesas en las aceras, principal problema del ruido nocturno, que empeora con los aparcamientos en doble fila, sobre todo los fines de semana.
«Es algo que me sorprende, el Ayuntamiento se ha quitado el mochuelo de encima porque sabe que vamos a protestar», concluyó.
El Ayuntamiento respondió a la asociación asegurando en una carta que los criterios para elaborar el mapa de ruido «son estricta y exactamente los establecidos al respecto por la normativa europea y nacional». Los vecinos han pedido una reunión con Medio Ambiente.
El mapa estratégico, que puede consultarse en www.controlderuido.malaga.eu da un volumen de 65 a 70 decibelios para la avenida de Plutarco en algunos tramos, así como en un par de puntos de la calle Antígona, mientras que en el resto de calles el ruido registrado es de 60 a 65 decibelios, bajando a una horquilla entre 55 y 60 en buena parte de las manzanas.
Virginia Martín Simino, presidenta de El Romeral contra El Ruido, criticó la incongruencia de este mapa, cuando el propio Ayuntamiento presentó a los vecinos en mayo unos toldos especiales que reducen el ruido ambiente de la calle, e incluso césped artificial para que no se escuche el arrastrar de mesas.
Además, la presidenta recordó las palabras de la entonces concejala de Medio Ambiente, Ana Navarro, que reconoció que El Romeral era uno de los barrios más ruidosos de Málaga.
«No me consta que haya habido mediciones en la avenida Plutarco, sí que ha habido uno en la calle Margarita Xirgu», precisó a La Opinión.
Para Virginia Martín Simino, esta medición no da un retrato de El Romeral como uno de los barrios más ruidosos de Málaga, lo que no se corresponde con la realidad.
La presidenta recordó que sigue incumpliéndose el índice de ocupación de sillas y mesas en las aceras, principal problema del ruido nocturno, que empeora con los aparcamientos en doble fila, sobre todo los fines de semana.
«Es algo que me sorprende, el Ayuntamiento se ha quitado el mochuelo de encima porque sabe que vamos a protestar», concluyó.
El Ayuntamiento respondió a la asociación asegurando en una carta que los criterios para elaborar el mapa de ruido «son estricta y exactamente los establecidos al respecto por la normativa europea y nacional». Los vecinos han pedido una reunión con Medio Ambiente.
Hiperacusia, cuando cualquier sonido se convierte en ruido
Hiperacusia, cuando cualquier sonido se convierte en ruido
Local
ASOCIACIONES
La salmantina Begoña Martín Palacios ha creado una
asociación para dar a conocer un trastorno sensorial que afecta cada vez
a más personas
El progreso también trae consigo nuevas enfermedades y
trastornos asociados a un entorno al que algunos seres humanos no suelen
adaptarse. Es el caso de la hiperacusia, un trastorno sensorial que
amplifica el sonido y, por tanto, cambia totalmente la vida a quien lo
padece. Para darlo a conocer, la salmantina Begoña Martín Palacios ha
creado la Asociación de Hiperacusia y Trastornos Sensoriales. De momento
no tiene sede física pero confía que en un futuro próximo lo consiga.
Mientras tanto, difunde la información a través de internet, en una
página de la red social Facebook creada hace casi un año y que ya cuenta
con 3.275 seguidores de España, México, Venezuela, Chile, Argentina,
Brasil, entre otros países sudamericanos. “Estoy muy satisfecha de poder
ayudar”, explica a SALAMANCA24HORAS.
http://www.facebook.com/hiperacusia/ es una página en un principio como Asociación virtual para todas las personas que tengan algún tipo de trastorno auditivo, visual, táctil, olfativo, gustativo, alteraciones en el sistema propioceptivo y en el vestibular. En la realidad los objetivos de esta asociación virtual se centran en proporcionar información sobre distintos tipos de hipersensibilidades a las familias, dar a conocer la hiperacusia, ofrecer orientaciones y consejos a familias de niños, niñas o personas con discapacidad, maestros, maestras. Dar información sobre autismo, síndrome de asperger, parálisis cerebral, síndrome de down y otras discapacidades o enfermedades desconocidas y poco investigadas, entre ellas la fibromialgia y la enfermedad de meniere.
Begoña Martín también ha creado un grupo,
http://www.facebook.com/groups/experienciassensoriales, donde publica
distintas actividades tanto para niños como para adultos acerca de la
estimulación de los sentidos, aportando recursos y materiales para
elaboración de actividades o para que a las familias les resulte más
fácil tratar con sus hijos, hijas o adultos con distintos tipos de
discapacidad sin olvidarnos de los adolescentes que es una etapa muy
dura. “Somos un grupo muy diverso de contenidos y estamos muy unidos
sabiendo respetar las opiniones de los demás”.
¿Qué es la hiperacusia?
La hiperacusia es un trastorno auditivo que consiste en la pérdida
del rango dinámico de los oídos pasando de escuchar de forma normal a un
aumento de la amplificación del sonido. Por lo general, este trastorno
se puede acompañar de acufenos (ruidos internos en un oído o en ambos
oídos), presión como algo que te empuja hacía fuera dentro del oído, y
lo más normal es que se acompañe de hipoacusia o pérdida auditiva; todos
estos síntomas pueden ser de la enfermedad de Meniere.
En el caso de Begoña Martín, padece de acufenos desde hace tres
años. “Comencé con los síntomas en el año 2010, poco a poco fue
apareciendo la hiperacusia, lo que conlleva fatiga mental y dificultad
en la comprensión del lenguaje o de percepción en cada oído”. Fue un
momento de incertidumbre e incomprensión, pues “al principio de tener el
trastorno auditivo no sabía qué me estaba pasando. Cada vez que salía a
la calle me dolía mucho la cabeza, y no toleraba ningún ruido”.
Entonces en GAES, centros auditivos donde pasan revisiones
auditivas gratis, le dijeron que había terapias de desensibilización
para que los oídos y el cerebro se adaptarán más fácil al ruido
ambiental. “pasé este tipo de terapias y hubo una temporada que llevé
cascos de ruido ambiental para protegerme de los ruidos del entorno”.
Periodo de adaptación al entorno
La adaptación al ruido ambiental pasa por varias etapas, como son
el duelo de lo que le pasaba o estaba empezando a ocurrir porque no
comprendía lo que sucedía, negación ante el cambio de tener que
adaptarse a pensar más despacio, y además no seguir el mismo ritmo que
antes de la hiperacusia podía llevar. “Además cogí un poco de miedo ante
el ruido ambiental, es decir, que cada sonido me sobresaltaba por el
impacto que produce en mi cerebro. Todo este proceso de adaptación
requería de un tiempo determinado para poder habituarme y mucha
paciencia a la hora de retirarme los cascos”.
Esta estrategia equivale a la desensibilización sistemática, que
consistió en ir exponiéndose progresivamente a los sonidos y todo tipo
de ruidos ambientales “aunque actualmente soy sensible a determinados
sonidos que otras personas lo oyen de forma normal. La natación es el
mejor deporte que he descubierto a raíz de la hiperacusia porque el agua
es un sonido de banda ancha y amortigua el sonido, además aumento el
procesamiento y mejoro en la atención cuando estoy nadando”.
|
Sonido de las ambulancias
Oto amable lector nos transmite su queja sobre el ruido que emiten las sirenas de las ambulancias. Teniendo en cuenta que son necesarias para el aviso al conductor y peatón de una emergencia, entendemos que hay momentos, como las madrugadas u horas de poco tráfico dónde pueden hacer un uso mas razonable de las mismas, es decir, tenerlas apagadas y sonar un aviso en los cruces de calles o ante cualquier eventualidad. ganaremos todos
CALLE BETIS...ZONA ACÚSTICAMENTE SATURADA DESDE HACE MÁS DE 10 AÑOS
Traigo las fotos que nos ha mandado un amable lector del blog, en la que denuncia las carpas que los bares de la calle instalan para cubrir los veladores y apropiarse del 100% de la acera. Aunque se ha denunciado múltiples veces, la administración no actúa. Es más , sigue concediendo licencias en una zona donde no pueden darse más.El número de veladores es mayor al autorizado y que la autorización con su plano correspondiente no está expuesta en ningún lugar visible.
Hay también imágenes ( incluso peores cualquier sábado o domingo por la mañana) ,de la botellona, permitida de hecho por nuestras autoridades locales. Esta sigue celebrándose todos los fines de semana en toda la calle Betis y, especialmente, junto a la Comisaría de la Policía Nacional, aunque hay una ley específica para esto.
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