viernes, 14 de junio de 2013

BIEN POR BADAJOZ A VER SI CUNDE EL EJEMPLO

BADAJOZ

Hasta 750 euros de multa por fiestas ruidosas en casa a partir de las 23 horas

Las sanciones económicas por conductas que afecten a la convivencia vecinal se multiplicarán, como mínimo, por siete | El ruido de los coches-discoteca y el de animales domésticos en horas de descanso también se considerarán infracción

14.06.13 - 00:10 -




Encuesta:: ¿Qué le parece la nueva ordenanza?

El objetivo es fomentar la sana convivencia entre los vecinos y evitar ruidos que causen «desajustes emocionales, molestias y daños al entorno». Y, de paso, aumentar considerablemente la recaudación municipal. Las sanciones económicas por «conductas que perturben las relaciones entre ciudadanos» se multiplicarán, como mínimo, por siete. Las infracciones muy graves, por ejemplo, pasarán de 90 euros hasta un máximo de 3.000.
El Ayuntamiento aprobó ayer modificar la ordenanza de Policía Urbana. La actual data de 1998 (las multas aparecen en pesetas) y está desactualizada. «Tenemos un nivel de sanciones muy reducido. La ley ya permite unas cuantías superiores. Además, incorporamos conductas que estaban en el limbo, como temas de contaminación acústica. Se regula sobre todo el ruido en horas de descanso», explicó Alberto Astorga, concejal de Economía y Hacienda en el Consistorio pacense.
Por ejemplo, a partir de que entre en vigor la nueva normativa (el siguiente trámite es llevarla al Pleno del lunes), las fiestas ruidosas en domicilios particulares estarán prohibidas a partir de las once de la noche. El incumplimiento supone una infracción leve y una multa de entre 200 y 750 euros.
El artículo 14.3 de la futura ordenanza reza: «Entre las 23.00 y las 8.00 horas no se permitirá la celebración de fiestas y similares ni la realización de actividades o trabajos en domicilios particulares o locales no autorizados para tal fin, siempre que dicha actividad genere ruido y molestias a los moradores cercanos, perturbando su tranquilidad y derecho al descanso. En el caso de que los agentes actuantes no pudieran identificar al responsable, una vez comprobados los hechos, el expediente administrativo se dirigirá contra el titular del inmueble siempre que éste no identifique al autor de los mismos».
En este mismo artículo (punto 2) se regula la convivencia con animales domésticos: «Se actuará análogamente en el supuesto de las molestias derivadas de los sonidos y ruidos generados por animales domésticos, en general, cuando alteren el descanso de los vecinos, especialmente, en periodo nocturno». Se considera igualmente una infracción de tipo leve y conlleva una sanción económica de entre 200 y 750 euros.

Y también se habla (en el punto 4) de los conocidos como 'coches-discoteca': «En espacios públicos queda prohibida la emisión de sonido musical a alto volumen procedente de cualquier foco emisor, incluidos los vehículos a motor, cuando generen molestias tanto a viandantes como a moradores cercanos».
El 'cigarrón'

Otra de las molestias que destaca Astorga es el ruido generado del 'cigarrón' (clientes que salen del bar para fumar en la puerta). En ese sentido, en el artículo 15 se indica que los bares y discotecas deberán mantener cerradas puertas de acceso y ventanas. Y se añade que «la permanencia de grupos de clientes en el exterior de locales, al margen de lo establecido para veladores autorizados, que generen ruido, molestias o dificulten la libre circulación constituirá infracción (leve)». Con la consiguiente multa.
En el borrador de la reforma de la ordenanza de la Policía Urbana se especifica que, según una sentencia del Tribunal Constitucional, «el ruido en la sociedad actual puede llegar a representar un factor psicopatógeno y una fuente permanente de perturbación de la calidad de vida de los ciudad». De ahí, que conductas que afecten al descanso puedan suponer «una vulneración de los derechos constitucionales».

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