viernes, 7 de junio de 2013

Magnífica exposición sobre el ruido, los veladores y las licencias de D.Antonio Heredia, en el artículo de La caja negra: "Veladores como cucarachas" de D.Carlos Navarro Antolín

Traigo a este blog lo escrito por el Sr.Heredia por considerarlo de máximo interés para todos aquellos que estamos en esta lucha. Le ruego al mismo, si es posible, se ponga en contacto con nosotros, creo que unidos podemos. Gracias anticipadas.





El Dictamen del Catedrático de Derecho Administrativo Don Jesús Jordano Fraga, referente a la legalidad de la Ordenanza de Veladores de Sevilla afirma la vulneración flagrante de derecho por la misma.
La licencia de velador supone la ampliación y modificación sustancial de la licencia, La ley de Gestión Integrada de Calidad Ambiental (GICA), indica que los bares, restaurantes y negocios que poseen veladores están sometidos a Calificación Ambiental.
La Calificación Ambiental es un procedimiento (Ley de Protección de la Calidad Ambiental) que, en el caso de los veladores, analiza las emisiones de ruido y la contaminación del aire y lumínica. Si no se pueden aplicar medidas correctoras (restricción de horario, de veladores, pantallas acústicas etc.) para garantizar el respeto de los límites de calidad acústica, la Calificación Ambiental será desfavorable y no se podrá dar licencia.
La Ordenanza de Veladores infringe la ley al no exigir Calificación Ambiental para otorgar licencias de veladores, las licencias sin Calificación Ambiental serán nulas de pleno derecho.
La Ordenanza también conculca el art. 3 de la Ley del Ruido al ignorar que el velador es emisor acústico (¿Serán las mesas fonoabsorbentes?) y al no cumplir su obligación de vigilancia y control. Al permitir veladores en heladerías, freidurías etc. Infringe el Nomenclator.
La Ordenanza vulnera la GICA (art.76,2) al permitir nuevas licencias de veladores en ZAS. Estas licencias serán nulas de pleno derecho (art. 76, 2 GICA).
La Ordenanza permite sin control sistemas de humectación susceptibles de transmitir la legionelosis a clientes y viandantes.
Asociaciones de toda Sevilla y Ecologistas en Acción nos hemos unido para pedir a la Junta de Andalucía la impugnación de esta Ordenanza por vulneración de derecho, hemos acudido a Bruselas.
El ruido de veladores que llega a las vivinedas se mide a metro y medio de la pared (Ley del Ruido), de noche no puede superar los 45 dBA, la conversación entre dos personas alcanza los 55dBA, saquen sus conclusiones.
Imponer a los vecinos de los veladores la obligación de soportar niveles sonoros ilegales que nos no les permiten ni leer, ni dormir, ni descansar es ilegal. El derecho constitucional a la intimidad en el hogar se refiere a la libertad suprema de desarrollar la vida en plena libertad en el hogar, ello no ocurre cuando el ruido de 20-40-100 personas llega a tu salón y a tu dormitorio. La salud y el sistema nervioso de los afectados se resiente, problemas de insomnio, ansiedad, hormonales, cardíacos, tensión alta son habituales. El rendimiento laboral y escolar se ve afectado, las relaciones familiares se deterioran. Los afectados tampoco pueden vender o alquilar sus viviendas, nadie quiere “algo contaminado”.
Ante el Defensor del Ciudadano y responsables del Ayuntamiento, el Presidente de la A. de Hostelería se quejó de que unos niños jugando en el parque no lo habían dejado dormir la siesta. Esos niños hacen uso de día de un espacio público destinado al disfrute de todos, el dueño del velador utiliza el espacio público hasta altas horas para su lucro personal, y a veces sin licencia.
El principio que rige el medioambiente es la prevención, hay que actuar en origen evitando el daño, la sanción es el último recurso, por eso es Dirección General de PREVENCION y Calidad Ambiental de la Junta de Andalucía.
La Ordenanza de Veladores de Sevilla no previene, sino que fomenta y permite el daño para luego aplicar un sistema sancionador irrisorio, lento e ineficaz.
Las asociaciones vecinales apoyamos a la empresa, dentro de los cauces de la legalidad y en el respeto a la vida de los demás y del medio ambiente. Damos las gracias a todas actividades que no se aprovechan y ejercen su actividad adecuadamente.

 Efectivamente , pues si los veladores alteran el sueño de los vecinos y yo no puedo dormirme hasta las 1h30 y me levanto a las 7 a ver que empleo es mas importante? desde luego no el que molesta en la via pública.  Mi marido se levanta a las 6 y cuando no los avisan están hasta las 2, las 3 y las 4 de la madrugada, abriendo de nuevo a las 7,30 para desayunos.Ademas repito cada uno tiene derecho a estar en su casa con un nivel de decibelios que marca la ley claramente superados en un pais de vociferantes. Por no hablar de los niños, enfermos y ancianos…todo por la costumbre iberica de salir a gritar y beber a la calle, cuando se puede hacer educadamente, y sin voces, o recibir en casa a los amigos…pero aquí no que se vive de puertas para la calle, como los hidalgos arruinaos, no me vayan a criticar los muebles de IKEA. Es que el alcade no se pasea por el barrio de santa cruz, que es un prodigio de salto de veladores, y exposición de trajes de flamencas de los chinos en las paredes , incluso de casas y monumentos históricos, como el callejon de agua, donde cuelgan los souvenirs a modo de exposicion Kitch and cheap…a mi me da verguenza pasear con mis amigos de fuera la verdad…Un poco de sentido común … Completamente de acuerdo, se puede decir más alto, no más claro

1 comentario:

  1. Totalmente de acuerdo, es más, yo añadiría que al ruido de los veladores habría que sumar el propio ruido que arroja a la vía publica, la propia actividad, que ejerce con las puertas totalmente abiertas y como bien dice D. Antonio Heredia, el Ayuntamiento de Sevilla no previene este ruido, sino que fomenta y permite el daño para luego aplicar un sistema sancionador irrisorio, lento e ineficaz. Ejemplo, la declaración "responsable" que se exige para abrir una actividad. Vamos que el "tasquero" hace una declaración diciendo que todo esta correcto y el Ayuntamiento le da luz verde sin verificarla.

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