jueves, 30 de mayo de 2013

Lo ha confirmado el Tribunal Supremo:Cuatro años de cárcel a los dueños de un bar por ruidos «intolerables»

 Las mediciones particulares realizadas en mi casa, dan como resultado "ruidos intolerables"

Dos Hermanas / Tribunales

Día 30/05/2013 - 11.39h

El Supremo ha confirmado la condena a los propietarios de este local de Dos Hermanas

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años de cárcel impuesta a los dos propietarios de un bar, ubicado en la Avenida de España de Dos Hermanas (Sevilla) por el «excesivo» volumen de la música que ponían a diario y en horario nocturno. Una situación que ocasionaba ruidos «intolerables» en el interior de las viviendas de algunos vecinos, que sufrieron depresiones e «intenso» estrés.
El Alto Tribunal ha constatado, por tanto, la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, que los condenaba a cuatro años de prisión por un delito contra el medio ambiente en su modalidad de contaminación acústica, agravado por el hecho de que ambos «de modo clamoroso, desobedecieron las órdenes expresas de cesar en su conducta generadora de ruidos no permitidos». El Supremo rechaza así el recurso interpuesto por uno de los acusados y considera probado que, desde agosto de 2007 y hasta mayo de 2008, ambos condenados ponían la música en su bar «El Coyote» «a diario en horario nocturno y, en especial, durante las madrugadas de todos los fines de semana».
Pese a ello, la condena podría ser rebajada ya que la Audiencia de Sevilla se mostró favorable a pedir el indulto parcial al Gobierno y que la pena se redujera a dos años, al considerar que el tiempo impuesto de prisión «es excesivo» y que el mal causado «no ha llegado a producir la necesidad de atención médica», a lo que se suma que los acusados carecen de antecedentes penales.
En la sentencia, el juez deja constancia de que el volumen «notoriamente excesivo» de la música ocasionó «ruidos intolerables» en el interior de las casas de algunos vecinos, pero a pesar de que los imputados «conocían las graves molestias» que les causaban, puesto que los vecinos «les mostraban sus quejas a causa del ruido nocturno procedente del bar», los acusados «volvían a conectar la música tras la marcha de los agentes de la Policía Local», que acudían al lugar de madrugada a realizar inspecciones.
El 14 de diciembre de 2007 el Ayuntamiento de Dos Hermanas abrió un expediente sancionador al bar por los «ruidos abusivos», lo que provocó como medida provisional el precinto del foco emisor de ruidos. Sin embargo, en enero de 2008 y «tras comprobar el excesivo acústico y el relatado incumplimiento de las resoluciones del Ayuntamiento», éste ordenó la suspensión de la actividad del bar, lo que también fue notificado al acusado, a pesar de lo cual ni él ni la procesada «atendieron nunca los requerimientos» del Consistorio.
De hecho, según consta en la sentencia, los agentes comprobaron que para «burlar» la orden del 14 de diciembre de 2007 los acusados «mantenían el precinto del reproductor de música y el limitador de sonido» pero «habían conectado un ordenador y una televisión a un amplificador para emitir música a elevado volumen sin pasar por el limitador». Tras ello y pese a que se llegó a ordenar la suspensión del bar, los agentes constataron en mayo de 2008 que, «abierto el bar, el precintado y la orden de cierre estaban tirados en el suelo».
La Audiencia señala que el ruido del bar ha afectado «gravemente» a los vecinos en «su sosiego, descanso nocturno y conducta». De hecho, en el juicio, una psicóloga señaló que una de las vecinas afectadas «presentaba malestar emocional, depresión y hostilidad por síntomas que incluyen vivencias disfóricas, de desánimo, impotencia, falta de energía, así como ideas destructivas, alteraciones del sueño y del apetito».  

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